Rosarito Informa.-El gobierno de México publicó en el Diario Oficial de la
Federación (DOF) el decreto que establece como obligatorio el esquema de cobro
por segundos a los operadores de telefonía móvil en el país.
En el extracto, la Secretaria de Comunicaciones y
Transportes (SCT) informó sobre la adición de un segundo párrafo al artículo 60
de la Ley Federal de Telecomunicaciones, para quedar como sigue: "En el
caso de servicios de telecomunicaciones que se ofrecen al público consumidor
con cargos por concepto de la duración de las comunicaciones, los
concesionarios y permisionarios deberán incluir dentro de su oferta comercial
planes y tarifas, el cobro por segundo, sin perjuicio de otros planes que se
basen en el cobro por minuto, por evento, por capacidad o cualquier otra
modalidad", según la publicación.
El decreto entrará en vigor en los 90 días siguientes a
partir del día de hoy.
Los operadores de redes públicas de Telecomunicaciones
realizarán las adecuaciones necesarias a sus sistemas de facturación e
infraestructura y elaborarán los planes y tarifas considerando el segundo como
criterio de medición y cobro, de igual forma, registrarán la tarifa de cobro
por segundo, previo a su puesta en vigor, de acuerdo con lo señalado en los
artículos 61 y 64, fracción VIII de la Ley Federal de Telecomunicaciones, según
el extracto.
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