Usurpación de funciones en el gobierno
del estado
Por: Javy Malacara
Según el código penal federal en su capítulo VIII dice: Usurpación
de funciones públicas o de profesión y uso indebido de condecoraciones,
uniformes, grados jerárquicos, divisas, insignias y siglas
Y en su artículo 250 a la letra dice: Se sancionará con
prisión de uno a seis años y multa de cien a trescientos días a quien: Al que,
sin ser funcionario público, se atribuya ese carácter y ejerza alguna de las
funciones de tal; Al que sin tener título profesional o autorización para
ejercer alguna profesión reglamentada, expedidas por autoridades u organismos
legalmente capacitados para ello, conforme a las disposiciones reglamentarias
del artículo 5 constitucional.