Cero Grados.-La diputada Iraís Vázquez Aguiar presentó una iniciativa de
reforma a la Ley que Regula los Servicios de Control Vehicular en el Estado,
con el propósito de que el gobierno estatal lleve a cabo un censo de los
vehículos que circulan de manera irregular.
“Vengo proponiendo que se faculte al gobierno del Estado a
realizar, con la finalidad de control y seguridad, un censo de los vehículos
que circulan en toda Baja California”, anoto la legisladora presidenta de la
Comisión de Hacienda y Presupuesto del Congreso local.
La iniciativa fue presentada a través de la oficina de
Oficialía de Partes del Poder Legislativo y en ella, Iraís Vázquez estableció
que, si bien el Registro Vehicular se realiza para los autos que tienen venta
regularizada, ya sea en el mercado nacional o mediante la importación a la zona
fronteriza, es evidente que la flota vehicular que diario satura las calles es
superior a la del mercado formal.
Y no existe la certeza jurídica de cuantos automóviles andan
circulando en el Estado, ni tampoco se sabe a quienes pertenecen, y este tema
ahonda los problemas de falta de seguridad jurídica para el bajacaliforniano,
advirtió la legisladora.
Señaló que su propuesta no busca estigmatizar, pero
-aseguró- en muchas incidencias delictivas se ven involucrados este tipo de
carros de los cuales no hay forma alguna de vincularle a propietario alguno, y
eso motiva esta iniciativa.
Añadió que el Gobierno del Estado no puede recaudar ningún
tributo de estos particulares, toda vez que, por disposición del Gobierno
Federal, la Secretaria de Hacienda y Crédito Público ha sido muy persistente en
el tema de que estos autos están en la irregularidad y por materia de
coordinación fiscal, la autoridad local no tiene competencia para exigir
recaudo alguno.
En este contexto, la inicialista propuso adicionar el
capítulo III denominado “Del Censo Vehicular” al Título Cuarto de la Ley que
Regula los Servicios de Control Vehicular en el Estado de Baja California, para
quedar como sigue:
Capítulo III Del Censo Vehicular: “articulo 53.- Como medida
en materia de seguridad pública, la Secretaría tiene facultades para elaborar
el Censo Vehicular sobre los vehículos siguientes:”
Vehículos que no reúnen los requisitos para su alta en el
Registro Estatal Vehicular;
Vehículos que circulan sin observancia de la Norma Oficial
Mexicana para las placas de circulación, independientemente que provengan de
alguna entidad federativa o internacionales.
Vehículos que circulan bajo el amparo de organizaciones que
les tutelan el trámite de importación vehicular; Artículo 54.- La Secretaria no
podrá recaudar concepto tributario alguno por motivo del Censo Vehicular; éste
se realizará exclusivamente para medidas de seguridad y control; Artículo 55.-
En el Censo Vehicular se harán constar los siguientes datos: el número de
identificación vehicular.
Las características esenciales del vehículo: marca, modelo,
año-modelo, número de cilindros, origen o procedencia, número de motor, número
de chasis, capacidad de carga y transporte en su caso; entre otros.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Desarrollo
Metropolitano, Conurbación, Infraestructura, Comunicaciones y Transportes de la
XXII Legislatura.
No hay comentarios:
Publicar un comentario