Cero Grados.-El Pleno de la Vigésima Tercera Legislatura
local aprobó, con dispensa de trámite, por 19 votos a favor y 2 en contra el
dictamen 17 proveniente de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos
Constitucionales, que contiene una iniciativa de decreto propuesta por el Poder
Ejecutivo del Estado, mediante la cual se crea la Ley Orgánica de la Fiscalía
Especializada en Combate a la Corrupción de Baja California (Lofeccbc).
En su exposición
de motivos, el gobernador Jaime Bonilla Valdez señaló “que es un compromiso de
esta administración dar pasos firmes y contundentes en materia de combate a la
corrupción, para lo cual se requiere solventar los vacíos jurídicos que
anteriores administraciones dejaron en la construcción del Sistema Estatal
Anticorrupción, como es el caso de contar con el Marco Jurídico de actuación de
la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del Estado de Baja
California, que si bien fue creada por disposición constitucional, no se creó la
ley orgánica que regularía sus atribuciones”.
El documento fue
leído en tribuna por el diputado Juan Manuel Molina García, en su calidad de
presidente de la Comisión de gobernación. En la Lofeccbc aprobada este día se
establece, entre otras cosas, que la Fiscalía Especializada en Combate a la
Corrupción será un órgano con autonomía técnica y operativa, a cargo de un
fiscal especializado en el tema, mismo que tendrá a su cargo la investigación,
prevención y persecución de los delitos por hechos de corrupción previstos en
el Código Penal del Estado y demás relativos.
Asimismo, se
inscribe que la Fiscalía estará integrada por un fiscal de Investigación y
Procedimientos Penales; agentes del Ministerio Público Especializados en
Combate a la Corrupción, así como por una Policía Investigadora de Delitos de
Corrupción y una Dirección de Peritos Especializados en Delitos de Corrupción.
En la referida ley
se dispone, además, que el Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción será
designado por la mayoría calificada del Congreso del Estado de entre la terna
que envíe el gobernador, de conformidad con el procedimiento dispuesto por la
Constitución local.
En los artículos
transitorios se establece que esta ley entrará en vigor al día siguiente de su
publicación en el Periódico Oficial del Estado y que el proceso de designación
del Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción deberá iniciarse al día
siguiente de su publicación. Además, que por esta única ocasión el Fiscal
designado por el Congreso durará en su encargo 5 años.
Por otro lado, se inscribe que las investigaciones en curso
y el ejercicio de la acción penal en relación a actos y/o hechos de corrupción
tipificados en el Código Penal de Baja California que se encuentren en proceso
en el ámbito de la Fiscalía General del Estado, continuarán en esa dependencia
hasta que quede debidamente operando en su totalidad la Fiscalía Especializada
en Combate a la Corrupción.
Por último, en los transitorios se dispone que dentro de los
60 días naturales siguientes a la designación del Fiscal Especializado, se
establecerá una mesa de coordinación técnica con el Fiscal General del Estado,
la Secretaría de Hacienda, a través de la Oficialía Mayor, para el traspaso de
recursos financieros, humanos y materiales que faciliten la operación inmediata
de la citada fiscalía anticorrupción.
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