Cero Grados.- La diputada Miriam Elizabeth Cano Núñez presentó ante el Pleno de la Asamblea una iniciativa de reforma a los artículos 15 y 16 de la Constitución Política del Estado, así como a diversos artículos de la Ley Electoral estatal.
El propósito de esta iniciativa, presentada durante la sesión ordinaria celebrada este día, la cual fue dirigida por el diputado Víctor Manuel Morán Hernández, en su calidad de presidente de la Mesa Directiva de la Vigésima Tercera Legislatura, es normar los criterios que deberán tomar los partidos políticos para garantizar la paridad de género en los métodos de selección de candidatos y en la elección consecutiva.
La legisladora dijo en la tribuna que se propone incorporar un lenguaje incluyente y evitar discriminación que, según la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la discriminación, consiste en: “Toda distinción, exclusión o restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades”.
Miriam Cano continuó con las normas federales: “Cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo. También se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial y otras formas conexas de intolerancia”.
La diputada de origen morenista agregó que, en ese sentido, a fin de evitar el empleo del género masculino para referirse a hombres y mujeres, se sugiere la sustitución de la palabra diputados, por diputaciones, que resulta un término genérico que incluye a toda la población a la que se hace referencia con la intención de salvaguardar la igualdad de género y el uso de un lenguaje apropiado.
En la propuesta de reforma al artículo 16 constitucional es establece que, los partidos políticos, en la determinación de los criterios para garantizar la paridad de género en sus métodos de selección de candidatos, “deberán respetar en primer término el derecho a elección consecutiva del diputado que haya obtenido la mayoría relativa o de representación proporcional en el proceso electoral”.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales de la XXIII Legislatura del Estado.
El propósito de esta iniciativa, presentada durante la sesión ordinaria celebrada este día, la cual fue dirigida por el diputado Víctor Manuel Morán Hernández, en su calidad de presidente de la Mesa Directiva de la Vigésima Tercera Legislatura, es normar los criterios que deberán tomar los partidos políticos para garantizar la paridad de género en los métodos de selección de candidatos y en la elección consecutiva.
La legisladora dijo en la tribuna que se propone incorporar un lenguaje incluyente y evitar discriminación que, según la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la discriminación, consiste en: “Toda distinción, exclusión o restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades”.
Miriam Cano continuó con las normas federales: “Cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo. También se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial y otras formas conexas de intolerancia”.
La diputada de origen morenista agregó que, en ese sentido, a fin de evitar el empleo del género masculino para referirse a hombres y mujeres, se sugiere la sustitución de la palabra diputados, por diputaciones, que resulta un término genérico que incluye a toda la población a la que se hace referencia con la intención de salvaguardar la igualdad de género y el uso de un lenguaje apropiado.
En la propuesta de reforma al artículo 16 constitucional es establece que, los partidos políticos, en la determinación de los criterios para garantizar la paridad de género en sus métodos de selección de candidatos, “deberán respetar en primer término el derecho a elección consecutiva del diputado que haya obtenido la mayoría relativa o de representación proporcional en el proceso electoral”.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales de la XXIII Legislatura del Estado.
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