El objetivo de dicha iniciativa, es constreñir a la Comisión Estatal del Sistema Penitenciario a garantizar el abastecimiento de productos de gestión menstrual en los Centros de Internamiento para Adolescentes, así como emplear lenguaje inclusivo.
Las principales razones planteadas por la legisladora en la exposición de motivos, que desde su óptica justifica el cambio legislativo, son: alcanzar la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado, que permite en nuestro caso, que las disposiciones legales aplicables hagan visible a la mujer, desde su etapa adolescente, como receptora de manera igualitaria, de la protección de las normas jurídicas, a través del texto legal empleando lenguaje incluyente y no sexista.
Además, de ampliar los efectos de la reciente reforma a la ley en materia de suministro de productos de gestión menstrual en los citados centros, para brindar cobertura a jóvenes entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad, en el marco de los principios y derechos consagrados en la Constitución Mexicana y Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.
La medida legislativa que se propone, es acorde al derecho humano de acceso a la salud, a una visión de empoderamiento de la mujer y lucha contra toda discriminación basada en el sexo para alcanzar la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado, mediante lineamientos y mecanismos institucionales que orienten hacia el cumplimiento de la misma.
Respecto a la modificación de diversos artículos a efecto de emplear un lenguaje inclusivo en la ley, igualmente resulta procedente, porque permite el uso de vocablos libres de estereotipos y promotores de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.
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