El nueve de agosto de 2019, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Nacional de Extinción de Dominio, mismo instrumento que establece en su apartado de artículos transitorios, que con la entrada en vigor se abroga la Ley Federal de Extinción de Dominio, así como las leyes de extinción de dominio de las entidades federativas.
El diputado inicialista mencionó que esta ley nacional es reglamentaria del artículo 22 de la Constitución Política Mexicana, acorde con la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción, la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas y demás instrumentos internacionales que vinculan al Estado Mexicano.
También indicó que para el caso de la ley que se elimina, fue publicada en el Periódico Oficial del Estado, el día veintisiete de julio del año 2012, por lo que ya dejará de ser una ley vigente.
Por considerarse un asunto de obvia y urgente resolución y por tratarse de un asunto que no requiere de mayor trámite legislativo, se solicitó en el momento de la exposición de motivos, la aprobación con dispensa de trámite, y de esta manera se da pie a trabajar para la armonización legislativa con respecto a la reciente ley nacional referida.
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