Rosarito Informa.-La compañía Sky, filial de la televisora Televisa, incurrió
en abusos y en un trato inequitativo en perjuicio de los consumidores en las
cláusulas estipuladas en los contratos por la prestación del servicio de
televisión de paga, resolvió este miércoles el juzgado octavo de distrito en
materia civil.
El fallo del juzgado declara nulas 12 cláusulas, cuatro
obligaciones relacionadas con los consumidores, seis cláusulas sobre
arrendamiento del equipo receptor de señal y cuatro por concepto de comodato de
ese equipo, todas contenidas en los contratos de adhesión que firman los
clientes de Sky, señala el expediente 435/2011.
La sentencia adversa a la firma concluye que las
disposiciones señaladas en los contratos de prestación de servicios
efectivamente transgreden disposiciones de orden público e interés social. De
esta manera dio la razón a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) en
su demanda interpuesta contra Sky, luego de haber recibido más de 2 mil quejas
por cobros y penalizaciones consideradas indebidas.
El subprocurador jurídico de la dependencia, Rafael Ochoa
Morales, afirmó este miércoles que el fallo resulta favorable para los
consumidores, y genera una cultura jurídica en el cumplimiento de las
obligaciones por parte de los proveedores y un equilibrio con los poderes
fácticos.
En la resolución del juzgado se indica que Sky pacta en los
contratos la obligación del cliente de tener una permanencia mínima necesaria
de un año con los servicios de televisión de paga, forzando al suscriptor a
firmar, para garantizar la obligación, un pagaré que no especifica la cantidad
líquida por la cual se está suscribiendo.
Se obliga al suscriptor a pagar el importe de una membresía
anual por el servicio y lo obliga a elegir entre el costo de la programación
mensual en cada equipo contratado o una penalización cuyo monto era dado a
conocer hasta la solicitud de baja.
En este caso no se estipula el monto de la penalización ni
tampoco se consideran las bases para cuantificarla. El contrato tampoco señala
la cantidad mensual que deberá pagar el consumidor si decide pagar la
penalización.
Entre otras cláusulas declaradas nulas por el juzgado están
la penalización al cliente por falta de pago con intereses moratorios con base
en la tasa interbancaria, además de que Sky se libera de una bonificación en
caso de pérdida del servicio por un tiempo inferior a las 24 horas, y porque
impone a los suscriptores la obligación de autorizar a Sky usar y compartir con
terceros los datos contenidos en el contrato para fines mercadológicos.
La sentencia fue notificada personalmente a la empresa
identificada como Corporación Novavisión SdeRL de CV, comercialmente conocida
como Sky, como parte del litigio promovido por la Profeco.
El veredicto del juzgado podría ser modificado o confirmado
por un tribunal unitario, en caso de que los representantes de Sky promuevan un
recurso de apelación. Si la sentencia emitida es confirmada, entonces las
cláusulas del contrato serán declaradas ilegales y dejarán de ser aplicables a
los clientes de la empresa de televisión de paga.
El funcionario de la Profeco dijo en entrevista que existen
los recursos jurídicos para que Sky realice una estrategia, pero la dependencia
considera que en una segunda parte del juicio los consumidores afectados
podrían exigir una indemnización monetaria.
Si se acredita el daño, sí, respondió Ochoa Morales al
preguntarle si los clientes tienen opción de demandar a la compañía un
resarcimiento económico.
Sólo en 2011 la Profeco y la Comisión Federal de
Telecomunicaciones recibieron más de 2 mil 250 quejas contra Sky, dijo el
subprocurador.
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