Rosarito Informa.-El Congreso del Estado incorporó cuatro reformas a la Constitución Política del Estado luego de que los cinco ayuntamientos de la Entidad dieron su voto aprobatorio a los respectivos dictámenes.
Lo anterior fue anunciado a los integrantes del Pleno durante la sesión ordinaria celebrada bajo la conducción del diputado Mario Osuna Jiménez, en su calidad de vicepresidente de la Mesa Directiva de la XXI Legislatura, donde se hizo la declaratoria de procedencia de las respectivas reformas constitucionales.
La primera de ellas correspondió a la reforma de los artículos 7, 8, 27 y 105 de la Carta Magna local y fue leída por el diputado René Adrián Mendivil Acosta. Esta enmienda se refiere a la ampliación de los derechos humanos y la inclusión de los tratados internacionales en esta materia y eso incluye a los internos del penal.
Además se incorporó la reforma al artículo 100 de la Constitución en materia de propaganda institucional y fue leído por el diputado Fausto Gallardo García, en donde se prohíbe el uso de imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público o la promoción de algún partido político.
Asimismo se asentó que el gasto en la propaganda de comunicación social se regirá por los criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, además de buscarse que no dañe el medio ambiente.
Por lo que hace al artículo 7, cuya lectura estuvo a cargo del diputado Gerardo Álvarez Hernández, se trata de una reforma al artículo 7, a fin de reconocer el humano al acceso al agua.
La reforma quedó en los siguientes términos: “El acceso al agua para consumo personal y doméstico es un derecho que tiene toda persona. La Ley garantizará su distribución y saneamiento; las autoridades en la materia tienen la obligación de respetar, proteger y cumplir con la prestación de este servicio en los términos de la ley.
Finalmente, la diputada Laura Torres Ramírez dio lectura a la declaratoria de incorporación constitucional por la que se reforman los artículos 107 y 108, relativos a la designación o elección de los cargos públicos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario