Rosarito Informa.-El diputado Roberto Dávalos Flores, presentó esta tarde una iniciativa de decreto por el que se crea la Ley de Voluntad Anticipada para el Estado de Baja California a fin de dignificar al paciente que padece una enfermedad en etapa terminal, permitiéndole elegir si recibe o no tratamiento médico.
Expuso que en el formato de voluntad anticipada, se respeta el principio de autonomía, para que el enfermo que se encuentra en etapa terminal, pueda auto determinarse en lo referente a su vida, su cuerpo y su muerte, siempre y cuando se respalde esta decisión, con un diagnóstico médico certero, inequívoco, que avale que no existe cura para la enfermedad que padece.
El presidente de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales expuso que en 2009, se dio una reforma a la Ley General de Salud Federal, referente a los cuidados paliativos a los enfermos en fase terminal.
En esta reforma precisó que destacan dos variables: La primera permite a cualquier persona manifestar el deseo de recibir o no tratamiento médico en caso de llegar a padecer una enfermedad en etapa terminal, y la segunda es cuando ya se padece la enfermedad en etapa terminal y desea no tener tratamiento médico solo paliativo.
Expuso que en el formato de voluntad anticipada, se respeta el principio de autonomía, para que el enfermo que se encuentra en etapa terminal, pueda auto determinarse en lo referente a su vida, su cuerpo y su muerte, siempre y cuando se respalde esta decisión, con un diagnóstico médico certero, inequívoco, que avale que no existe cura para la enfermedad que padece.
Dijo que de esta forma se evita el sufrimiento innecesario, se da prioridad a los cuidados paliativos y a la calidez humana, mediante la prestación del servicio que brindan los profesionales de la salud y el apoyo de la familia.
Detalló que con la opción del enfermo de optar solo con los cuidados paliativos, se evita que sean sometidos por parte de personal de salud y sus propios familiares, a un tratamiento médico que solo ocasiona la prolongación de la agonía, sufriendo con ello lo que se conoce como “Obstinación Terapéutica”.
La iniciativa que plantea el legislador se integra de seis capítulos, el Primero que habla de las disposiciones preliminares; Segundo, de los requisitos del documento de voluntad anticipada; Tercero, de la nulidad y revocación de la voluntad anticipada; Cuarto, del cumplimiento de la voluntad anticipada; Quinto, de la coordinación especializada en materia de voluntad anticipada y Sexto de las Sanciones Administrativas.
Dávalos Flores, señaló que en la Ley de Salud Pública del Estado de Baja California, no están contempladas las disposiciones para los enfermos en situación terminal, de ahí la necesidad imperante de que la legislación Estatal sea reformada en la materia.
Dávalos Flores, dijo que los Estado de Aguascalientes, Coahuila, Distrito Federal, Guanajuato, Hidalgo, Michoacán, San Luis Potosí, Tabasco, Oaxaca y Chihuahua, ya legislaron en la materia, para permitir al enfermo en etapa terminal, decidir si recibe o no tratamiento médico.
“Esto permitirá en cualquier institución médica pública o privada en el Estado ir en armonía con la Ley de Voluntad Anticipada que se propone, a fin de dar la opción para que cualquier persona pueda suscribirlo y también quien esté padeciendo una enfermedad que no tiene cura y se encuentra en etapa terminal, decida recibir o no el tratamiento médico y en cambio tener acceso a cuidados paliativos que aminoren el dolor”, concluyó.
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