Cero Grados.-Al acercarse un nuevo período vacacional y ante la posibilidad de trasladarse a otras ciudades dentro del país, es importante tomar en cuenta que en caso de una urgencia médica, esta puede atenderse en cualquier clínica del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Para ello, se requiere una Constancia de vigencia de derechos que con las ventajas del programa de modernización y simplificación de trámites -IMSS-Digital-, es posible obtenerla a través de medios electrónicos (Internet).
El delegado del IMSS en Baja California y San Luis Río Colorado, Sonora, licenciado Francisco Iván Beltrones Burgos, indicó que al contar con el citado documento, el asegurado o su familiar cuenta con la protección médica en caso de una eventualidad fuera de la ciudad de residencia.
Refirió que anteriormente la Vigencia de derechos sólo podía obtenerse en las clínicas de adscripción del asegurado, lo que implicaba filas o pérdida de tiempo por falta de algún documento para completar el trámite; “ahora con la innovación tecnológica que impulsa el Gobierno Federal, el trámite se ha simplificado y se puede realizar a cualquier hora los 365 días del año”, precisó.
Detalló que al ingresar a la página www.imss.gob.mx el solicitante debe seleccionar el apartado derechohabiente, pensionado y público en general; posteriormente elegir adulto-trámite y en el paso siguiente dar click en solicitud de Constancia de vigencia de derechos para recibir servicios médicos en la opción trámite digitalizado.
Beltrones Burgos, recomendó tener a la mano el Número de Seguridad Social (NSS) y CURP del trabajador y una cuenta de correo electrónico para que le sea enviada la constancia. “En un lapso menor a cinco minutos recibirá el documento vía internet”, explicó.
Hizo hincapié que los sistemas informáticos de la institución están enlazados en todo el país, por lo que se valida en cualquier clínica IMSS al momento de solicitar un servicio de urgencias.
Por último, Beltrones Burgos reiteró que sólo aplica para atención de casos urgentes y ampara a los integrantes del núcleo familiar del asegurado, siempre y cuando los haya dado de alta en su clínica de adscripción, por ello –insistió- la recomendación de que los trabajadores afilien a sus beneficiarios oportunamente en la clínica que le corresponde.
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