Cero Grados.- En sesión extraordinaria desarrollada en la “Sala de Forjadores” del Ayuntamiento de Playas de Rosarito, el Pleno de la XXII Legislatura local aprobó por mayoría un punto de acuerdo que dice lo siguiente:
“Se desecha por improcedente la solicitud derivada del exhorto emitido por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión a este H. Poder Legislativo del Estado de Baja California, tomando a consideración el vicio constitucional de fondo que presenta la solicitud de dejar sin efectos el Decreto 112 de la Constitución local, acto jurídico distinto a la Iniciativa que modificada el 8vo Transitorio de fecha 8 de julio de 2019, iniciativa que no se puede dejar sin efectos al no tener el carácter de Decreto por encontrarse todavía en el Proceso Legislativo”.
Durante la lectura de la exposición de motivos, el diputado Alejandro Arregui Ibarra indicó que de llevar a cabo lo solicitado, se pudieran tener las siguientes consecuencias: no se cumpliría con la obligación relativa a la concurrencia de las elecciones locales con las federales, contraviniendo lo dispuesto en el artículo 116, fracción IV, inciso n) de la Constitución Federal; el periodo del próximo gobierno estatal se modificaría a 6 años; el periodo de los próximos Ayuntamientos se modificaría (aumentaría) a 3 años, además de que la XXIII Legislatura se modificaría (aumentaría) a un periodo de 3 años.
Mediante el acuerdo, el legislador agregó que se rechaza también “la injerencia de la Comisión Permanente en asuntos que únicamente corresponden a los bajacalifornianos y exigimos respeto a nuestra soberanía”, además de que se les exhorta a que en el caso de cualquier inconformidad con esta Soberanía y sus determinaciones, “se inicie el trámite por las vías y mediante los procedimientos contenidos en nuestra Carta Magna, esto es, se concurra ante las instancias jurisdiccionales idóneas”.
El diputado Alejandro Arregui Ibarra dio a conocer que el pasado 17 de julio de 2019, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión aprobó un exhorto remitido al Congreso de Baja California, con el objetivo de dejar sin efectos el decreto 112 votado y aprobado por el congreso local.
“En ese sentido, es importante destacar que el decreto 112 al que hace referencia y solicita dejar sin efectos la Comisión Permanente, fue votado y aprobado por la anterior Legislatura estatal, y publicado el 11 de septiembre de 2014, y precisamente fue a través de dicho Decreto que se estableció un periodo de dos años para quien resultara ganador de las elecciones de 2019 a gobernador, presidentes municipales, y diputados locales a integrar la XXIII Legislatura en Baja California”, subrayó el legislador.
Explicó que el 8 de julio de 2019, en pleno ejercicio de sus facultades y atribuciones, esta XXII Legislatura aprobó por mayoría calificada la iniciativa de reforma constitucional para cumplir lo mandatado en el artículo 116, fracción IV de la Constitución Federal, con el objetivo de lograr la concurrencia de elecciones locales y federales en el año 2024, reformando precisamente el artículo octavo transitorio de la Constitución local, aprobado mediante el decreto 112 con fecha 11 de septiembre de 2014; decretó que la Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicitó dejar sin efectos a través del referido exhorto.
“Ahora bien, es importante destacar que si bien es cierto la iniciativa antes referida ya fue votada y aprobada por mayoría calificada de los integrantes del Congreso de Baja California, así como por tres de los cinco ayuntamientos del Estado, el proceso de reforma constitucional para su entrada en vigor aún no ha sido legalmente concluido, y se sigue desarrollando de manera regular el proceso legislativo correspondiente”, concluyó Arregui Ibarra.
La sesión extraordinaria fue conducida por la vicepresidenta de la Mesa Directiva, diputada Claudia Josefina Agatón Muñiz, y se contó con la presencia de los legisladores: Irais María Vázquez Aguiar, Rocío López Gorosave, Víctor Manuel Morán Hernández, Catalino Zavala Márquez, así como Alejandro Arregui Ibarra, Victoria Bentley Duarte, Alfa Peñaloza Valdez y Miguel Antonio Osuna Millán.
Además de los congresistas José Antonio Casas del Real, Eva María Vásquez Hernández, Blanca Patricia Ríos López, María Trinidad Vaca Chacón, Raúl Castañeda Pomposo, Ignacio García Dworak, Mónica Hernández Álvarez, Marco Antonio Corona Bolaños Cacho y Andrés de la Rosa Anaya.
CONGRESO DEL ESTADO EMITE DECLARATORIA DE PROCEDENCIA DE MODIFICACIÓN DEL OCTAVO TRANSITORIO
Después de concluida la anterior sesión extraordinaria, la vicepresidenta de la Mesa Directiva, diputada Claudia Agatón, convocó para otra sesión con ese mismo carácter donde se llevó a cabo, con la asistencia de 17 legisladores, la declaratoria formal de incorporación constitucional, relativa a la reforma del artículo octavo transitorio de la Constitución de Baja California, el cual quedará como sigue:
“Para efecto de la concurrencia de la elección de gubernatura del Estado con el proceso electoral federal 2024, la gubernatura electa en el proceso electoral del 2019 iniciará funciones el primero de noviembre de 2019 y concluirá el 31 de octubre de 2024. La reforma al artículo 44 mediante el cual se declara la toma de posesión del gobernador del Estado el mes de septiembre posterior a la elección, será aplicable al que sea electo en dicho cargo en el proceso electoral del 2030. Por única ocasión el gobernador del Estado electo en el proceso electoral 2024, iniciará funciones el primero de noviembre de 2024 y concluirá el 31 de agosto de 2030”.
Cero Grados.- En sesión extraordinaria desarrollada en la “Sala de Forjadores” del Ayuntamiento de Playas de Rosarito, el Pleno de la XXII Legislatura local aprobó por mayoría un punto de acuerdo que dice lo siguiente:
“Se desecha por improcedente la solicitud derivada del exhorto emitido por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión a este H. Poder Legislativo del Estado de Baja California, tomando a consideración el vicio constitucional de fondo que presenta la solicitud de dejar sin efectos el Decreto 112 de la Constitución local, acto jurídico distinto a la Iniciativa que modificada el 8vo Transitorio de fecha 8 de julio de 2019, iniciativa que no se puede dejar sin efectos al no tener el carácter de Decreto por encontrarse todavía en el Proceso Legislativo”.
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