La educación es una herramienta poderosa para combatir la pobreza, y al invertir en la educación de los niños y niñas, puede romperse el ciclo de desigualdad y brindarles oportunidades para un futuro mejor.
Su calidad impacta directamente en las oportunidades de aprendizaje. Al mejorar la infraestructura escolar, capacitar a los docentes y proporcionar los recursos adecuados, puede asegurarse que los estudiantes tengan acceso a una educación de calidad.
En la exposición de motivos de esta proposición, se destacó que las instituciones de educación básica, identificadas como: “Secundaria 102”; “Primaria Benito Juárez”; y “Telesecundaria 17”, de la “Zona Este” de Tijuana, por su disposición geográfica, carecen de vialidades en condiciones dignas que permitan el acceso de los alumnos a los planteles educativos, viéndose afectado su derecho de acceso a la educación.
Y, en última instancia de libre tránsito, debido a que, si bien no por un impedimento activo que les prohíba la circulación, y sí por un impedimento pasivo en este caso, unas vialidades carecen de las condiciones óptimas para circular en ellas.
Lo anterior, no debe ser ajeno a los alcances de la autoridad administrativa municipal y, en general, a toda autoridad, quienes, en el ejercicio de sus atribuciones, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos reconocidos por el Estado Mexicano que se disponen en la Carta Magna y, que armónicamente se matizan en todo nuestro marco legal.
Es pues, en principio una obligación legal, y en consecuencia un deber moral que tienen todos los que se constituyen como autoridad en el aparato estatal, no solo reconocer los derechos humanos y fundamentales, sino garantizar el acceso a los mismos; pues de nada servirían el simple reconocimiento si como Estado no se provee de los medios que permitan su goce por parte de toda la ciudadanía.
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