Las modificaciones al artículo
4 y 24 tienen el propósito de establecer lineamientos generales para que el
Estado, a través de la Secretaría de Salud, lleve a cabo la supervisión y
vigilancia en cuanto a la calidad de los alimentos que se venden, sobre todo,
en las instituciones educativas públicas y privadas de los niveles básico y
media superior, con el objetivo de que nuestra niñez y juventud reciban una
nutritiva y adecuada alimentación.
Además, se pretende que la
Secretaría de Salud implemente y desarrolle políticas públicas que permitan, en
primer término, atender los problemas que genera la desinformación en materia de
nutrición y trastornos alimenticios; y en segundo término, establecer políticas
de prevención a fin de que a mediano y largo plazo se genere un cambio en la
sociedad que logre una alimentación correcta en la población, sobre todo
infantil y juvenil de los centros educativos en Baja California.
Lo anterior, va en el sentido
de evitar enfermedades actuales de los bajacalifornianos, como son el sobrepeso
y la obesidad en niños y jóvenes, además de la diabetes e hipertensión, y los
padecimientos cardiovasculares y las dislipidemias (colesterol elevado y
triglicéridos) en la sociedad en general.
En el artículo 24, fracción IV,
que se reforma queda establecido que la Secretaría de Salud será la encargada
de: “La supervisión de la calidad nutricional de los alimentos que se
proporcionan o venden a los niños y adolescentes en las instituciones
educativas de los niveles básico y media superior de conformidad a los
dispuesto en las normas oficiales mexicanas, a fin de evitar aquellos, que a
criterio de la propia Secretaría de Salud del Estado, causen daño a la salud ya
sea por su contenido o por las prácticas de higiene…”.
En lo que respecta a la
modificación al artículo 71, tiene el propósito de que la Secretaría de Salud
de Baja California implemente programas que promuevan la cultura de una sana alimentación, y así los ciudadanos
puedan estar informados acerca de los alimentos que son los idóneos para una
debida nutrición que los ayuden a desarrollar mejor sus actividades diarias.
Así mismo, el Pleno de la XX
Legislatura aprobó el dictamen 22 de la Comisión de Salud, por el que se
reforman los artículos 69 y 70 de la Ley de Salud Pública de Baja California,
con el objetivo de implementar en la educación pública y privada del Estado,
programas de educación para la salud e incorporar los primeros auxilios dentro
estos planteles educativos, con el fin de crear conciencia sobre la
preservación de la vida y la salud.
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