Rosarito Informa.-Con el fin de que puedan incorporarse nuevos elementos de prueba posteriores a una condena debido al avance de la ciencia, mismos que le sirvan al juez para reconocer la inocencia de los sentenciados, el diputado Juan Manuel Molina García presentó ante el Pleno del Congreso una iniciativa para reformar el Código Penal de Baja California.
La modificación legal incorpora una fracción VI al artículo 105 del mencionado
Código, donde se establece el reconocimiento de la inocencia del sentenciado: “Cuando aparecieren pruebas supervinientes, o pruebas periciales que por el avance de la ciencia y la tecnología en el pasado no hubiera sido posible desahogar que invaliden las pruebas en que se haya fundado el juzgador para dictar su sentencia”.
Lo anterior, dijo el presidente de la Comisión de Justica de la XXI Legislatura, en virtud de que durante el viejo sistema de justicia tradicional se cometieron muchos errores por los vicios anquilosados de décadas, aunado ello a los errores humanos a los que están expuestas todas las instituciones, y por lo cual es importante —recalcó— que la ley contemple opciones y mecanismos para corregir y subsanar dichos errores.
“Por eso es transcendental que se incorporen a nuestra legislación penal en la entidad, los avances no sólo jurídicos sino tecnológicos y científicos que pueden hacer posible que se corrijan injusticias, en un proceso en donde la falta de elementos científicos y tecnológicos hace varios años atrás, dieran como resultado el encarcelamiento de un inocente”, subrayó Molina García.
El representante popular por el Partido Movimiento Ciudadano aseveró que el avance de la ciencia es un elemento que debe incorporarse al Código Penal del Estado, como un elemento de mayor certeza para el juzgador, que evite cometer errores durante la valoración de pruebas en los nuevos casos, pero también que contribuya a corregir errores cuando personas sean sentenciadas injustamente.
“Es un hecho que hace algunos años atrás no se contaba con estos mecanismos, y tal vez muchos pudieron haber sido juzgados inadecuadamente”, advirtió el diputado Juan Manuel Molina.
La iniciativa de reforma también adiciona un cuarto párrafo al artículo 52, donde queda establecido lo siguiente: “Cuando se decrete el reconocimiento de inocencia del sentenciado, se notificará de la resolución al Registro Nacional de Electores para que cese la suspensión de sus derechos”.
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