“Analizaremos la información respectiva en cumplimiento a lo establecido en la ley sobre la materia y, en su caso se solicitará la comparecencia de servidores públicos vinculados con los resultados de la fiscalización”, expresó al presentar un posicionamiento en la sesión de Pleno.
Subrayó que tal es el caso del XXII Ayuntamiento de Ensenada, respecto a la aprobación de la transferencia presupuestal del Ramo 5 de la Dirección de Desarrollo Social por la cantidad de 759 mil pesos a la partida “Fletes y Maniobras”, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017.
“Es inadmisible que los Regidores Orlando Agapito Toscano Montaño y Jorge Camargo Villa, integrantes de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal del Ayuntamiento de Ensenada, hayan considerado suficiente para declarar procedente la transferencia referida, el simple dicho de dos funcionarios, sin ningún documento o evidencia que respaldara la justificación de transferir esta cantidad”, enfatizó.
Posteriormente, citó la solicitud de dos funcionarios municipales, que fue lo único que indujo a los regidores que emitieran el dictamen de autorización para trasladar un contenedor, con diversos apoyos sociales en especie para personas de escasos recursos.
Luego la legisladora hizo hincapié en que en el texto no se indica la documentación comprobatoria en el expediente correspondiente sobre dónde se encontraba el contenedor y hacia qué lugar se trasladaría; la cotización del traslado y, sobre quién era poseedor o dueño de los diversos apoyos sociales en especie.
Agregó que la solicitud tampoco señala en cuánto estaban valuados los apoyos y cuántos eran. Cuestionamientos que según la legisladora debieron haberse formulado y contestado para sustentar la aprobación de dicha transferencia.
Por lo que en un marco de respeto a la autonomía del Municipio y en cumplimiento a la Constitución local y a la Ley en la materia, mencionó que fiscalizará la aplicación de dicho recurso en trasladar un contenedor con apoyos sociales, en Ensenada.
Señaló que como producto del trabajo realizado por la Auditoría Superior del Estado y la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, el Pleno de esta Soberanía ha contado con los dictámenes correspondientes de la Cuenta Pública de las Entidades Fiscalizables, en donde se ha resuelto en no pocas ocasiones, notificar a las instancias competentes de las irregularidades encontradas en las auditorías respectivas.
Esto a efecto de que se finquen las responsabilidades administrativas procedentes conforme a la legislación aplicable en la materia y se ejerciten las acciones que legalmente correspondan, con el objeto de resarcir los daños y perjuicios que en su caso hubieren ocasionado a la Entidad Fiscalizada, puntualizó.
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