Cero Grados.- El Congreso del Estado aprobó un exhorto dirigido al Titular de la Fiscalía General del Estado, Ricardo Iván Carpio Sánchez, a efecto de que los agentes del Ministerio Público, cuando tengan conocimiento de una persona desaparecida, determinen el emprendimiento de la búsqueda especializada de manera inmediata y diferenciada, tal y como lo establece la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
La propuesta fue presentada por el legislador Marco Antonio Blásquez Salinas, en donde refirió en su exposición que la alerta Amber es un recurso que nació en Estados Unidos tras la desaparición forzada de una niña del mismo nombre, y tiene como propósito que todas las corporaciones, grupos de rescate, de búsqueda, participen de manera integral en el hallazgo de la víctima, implicando alcances internacionales como el cierre de fronteras. Añadiendo que en Baja California hay un desconocimiento y falta de implementación de este mecanismo, en la protección de la infancia.
El diputado ponente dijo que ha escuchado a las principales autoridades del estatales responsabilizar al protocolo federal por la falta de agilidad en la implementación de la alerta, cuando todos sabemos que esta alerta tiene un reglamento, una preceptiva, incluso ha sido materia de recomendaciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, por ello referir a estos protocolos como los culpables de la dilación para la implementación de este mecanismo, es a su juicio; evadir la responsabilidad.
Lamentó el caso reciente en la ciudad de Tijuana, en donde un menor de edad de nombre Kevin, fue víctima de una desaparición forzada, al tener conocimiento los padres reportaron este acontecimiento a la Fiscalía, solicitando la activación de la alerta, recibiendo como respuesta que necesitaban 72 horas para poder activarla. Así mismo, hizo alusión a otro caso en donde una niña 3 años desapareció de su casa, en Maneadero y al momento en que la familia denunció los hechos ente la misma autoridad, estos recibieron la misma respuesta de las 72 horas.
En este tipo de casos, y más cuando se trata de miembros de grupos vulnerables como niñas, niños y adolescentes o personas adultas mayores o bien con alguna discapacidad, la tardanza en la convocatoria a la búsqueda con las características que establece la ley general, puede significar la diferencia entra la vida o la muerte de la víctima.
Por ello es que, en el marco jurídico con que se cuenta actualmente en la entidad, se elabora esta proposición parlamentaria con la finalidad de garantizar el derecho de las personas que resulten desaparecidas a que en cuanto la autoridad ministerial tenga reporte, noticia o
denuncia de su desaparición, se desencadene una búsqueda intensa, especializada y diferenciada con el propósito inmediato de encontrarlos con vida, concluyó el diputado Blásquez, siendo respaldado por los diputados presentes.
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