La legisladora promotora indicó que actualmente el Código Penal estatal exige un dictamen de la Comisión de Arbitraje Médico Estatal (CAME), para acreditar homicidios punibles o lesiones resultantes directamente de tratamientos o procedimientos médicos, ya sea para mantener o recuperar la salud, de cirugías estéticas, respaldando el procedimiento, la técnica y los cuidados, durante y después del proceso.
Al respecto la Ley de la CAME, no faculta la emisión de dictámenes en materia penal, sino que utiliza un proceso a través del Comité Consultivo de Peritos para emitir dictámenes y opiniones exclusivamente en relación con procedimientos de arbitraje médico, no en procesos penales.
Michel Sánchez resaltó que las personas que mayormente se ven afectadas por controversias médicos-legales y que recurren a los servicios del CAME, son las mujeres, con 918 casos, frente a los hombres con 539; así lo refleja el informe de 2022 de dicho Comité.
En el caso de los homicidios y lesiones causadas por probable responsabilidad médica, el requisito de que sea el CAME quién emita una opinión sobre la pertinencia de los procedimientos y técnicas, implementadas por el personal médico, se han convertido en un obstáculo para que víctimas directas e indirectas, accedan a la justicia, por la falta de avance en la investigación.
La propia FGE cuenta con un área de Servicios periciales, con personas peritas especializadas en las diferentes áreas de la medicina, que por sí solas podrían emitir el dictamen previsto por la fracción IV del artículo 152 BIS del Código Penal, por lo cual la inicialista pretende incorporar la elaboración de dictámenes médicos a la FGR.
No hay comentarios:
Publicar un comentario