martes, 8 de mayo de 2012

CONGRESO APROBÓ REFORMA PARA EXENTAR DEL PAGO DE GASTOS A VÍCTIMAS DE ROBO DE VEHÍCULOS

Rosarito Informa.-El Pleno del Congreso del Estado aprobó una reforma al Código Penal del Estado con el objeto de eliminar el pago de derechos y gastos por concepto de maniobras de salvamento, arrastre y almacenaje de vehículos objeto de robo.

La Iniciativa fue presentada por el Diputado Laurencio Dado Alatorre, a nombre de las fracciones parlamentarias del PRI, PVEM, PEBC y PT, y dictaminada como procedente en el seno de la Comisión de Justicia, opinión que fue ratificada en forma unánime por los integrantes de la XX Legislatura, durante la sesión ordinaria correspondiente a este martes, la cual fue conducida por el Diputado David Jorge Lozano Pérez, en su calidad de Presidente de la Mesa Directiva.

La Comisión de Justicia consideró al dictaminar la iniciativa, que para dar homogeneidad y sistematizar la operatividad en todos los municipios y lograr de esta manera llevar el beneficio de la reforma a todos los habitantes del Estado, se reformen los Códigos de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California de fecha 20 de Agosto de 1989, vigente en los municipios de Tecate, Tijuana, Rosarito y Ensenada así como el del 19 de octubre de 2007,  vigente en  Mexicali con la entrada en vigor del Nuevo Sistema de Justicia Penal.

La propuesta plantea adicionar un párrafo al artículo 250 de ambos códigos, para especificar que “tratándose de vehículos robados, recuperados y que ingresen a los depósitos correspondientes, previa comprobación de la propiedad del mismo con documentos oficiales, se entregarán a la parte legitimada, y si fueron reportados dentro de las primeras 72 horas en que se tuvo conocimiento del hecho, se exentarán del pago de los gastos, derechos por maniobras de salvamento, arrastre y almacenaje del vehículo recuperado”.

En los artículos transitorios se anota que el Ejecutivo Estatal y los Ayuntamientos deberán adecuar la reglamentación interna en un plazo de 60 días, contados a partir de la entrada en vigor de la presente reforma.

Por otra parte, los Congresistas locales aprobaron una Minuta enviada por el Senado de la República con el propósito de generar un mecanismo de excepción, mediante el cual se faculta a las autoridades federales para conocer de los delitos del fuero común, cuando estos tengan conectividad con delitos contra periodistas, personas o instalaciones que afecten, limiten o menoscaben el derecho a la información.

La propuesta de otorgar a las autoridades federales la facultad de atracción, no tiene la intención de invadir a las entidades estatales en el conocimiento de asuntos que son de su competencia, sino que pretende que la federación se constituya en un soporte para la resolución de asuntos que por su naturaleza, de conformidad con los propios límites establecidos, trasciendan en el ámbito de los Estados.

El argumento de la Iniciativa es que los periodistas y defensores civiles de los derechos humanos se encuentran en el peor momento de su vida profesional, porque no sólo las agresiones al gremio periodístico representan un ataque directo a la vigencia del estado de derecho, sino también la inacción de las autoridades competentes, lo que se traduce en impunidad y se llega a la conclusión de que afectar la libertad de expresión, es una de las formas de destruir la democracia y la sana convivencia que demanda el país.

Sin embargo no aprobó la Iniciativa para hacer una adición al artículo 16 bis de la Ley del Régimen Municipal del Estado, la cual fue presentada por la Diputada Claudia Agatón Muñiz con la intención de regular la enajenación de bienes inmuebles por parte de los Ayuntamientos.

La Iniciativa fue dictaminada como improcedente en virtud de que, se arguyó, ya está incorporada en los diferentes ordenamientos legales en los que se garantiza la transparencia en los actos de gobierno, ya que se le impone al servidor público límites, obligaciones y concurrencia de otros funcionarios, que es lo que propone la Inicialista por lo que se dictaminó improcedente y en ese sentido fue aprobada por el Pleno, por 18 votos a favor y cuatro en contra, de los Diputados Arcelia Galarza Villarino, Gregorio Carranza Hernández, Francisco Sánchez Corona y la propia Inicialista.

Igual suerte corrió la Iniciativa de Reforma a la fracción II del artículo 79 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, la cual fue enviada a esta Soberanía por los síndicos de los cinco Ayuntamientos de Baja California con la intención de establecer como causa grave el incumplimiento de la obligación de presentar con oportunidad la declaración de situación patrimonial.

Al respecto, del análisis de la Iniciativa realizado por la Dirección General de Consultoría Legislativa, se determinó que la propuesta es improcedente en virtud de que los Síndicos Procuradores, no están facultados para presentar Iniciativas de Leyes o Decretos.

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