La propuesta fue presentada ante el Pleno de la Asamblea en la pasada
sesión ordinaria de la XX Legislatura, con la finalidad de adicionar un párrafo
bis al mencionado artículo que establezca lo siguiente:
“Las escuelas públicas de educación básica y media superior así como los
Centros de Readaptación Social, pagarán los derechos por consumo de agua con la
tarifa correspondiente menos un 30%. Por escuelas de educación básica se
entienden los planteles de preescolar, primaria y secundaria incluyendo los
centros de atención especial; el tipo medio superior comprende el nivel del
bachillerato y sus equivalentes, así como la educación profesional que no
requiere bachillerato o sus equivalencias”.
Sobre el particular, el Legislador perredista adujo que en la actualidad,
el artículo 11 de la Ley de Ingresos del Estado de Baja California contempla la
posibilidad de que las escuelas de nivel básico, entendiendo como nivel básico
el preescolar, primaria y secundaria, al momento de pagar su consumo de agua,
se les aplique un 30% de descuento, y en el mismo párrafo se contempla esta
consideración para los Centros de Readaptación Social o cárceles.
Sin embargo, agregó, para ser congruente con las medidas adoptadas en
cuanto a la obligatoriedad de la impartición de la educación media superior en
el Estado, y a efecto de darle estabilidad a este concepto, “proponemos se incluya
en la Ley de Hacienda del Estado de Baja California, en el Titulo Noveno, de
los Estímulos y Exenciones de Pago, un artículo que contemple que las escuelas
públicas del Estado, del nivel de educación básica y media superior, así como los centros de
Readaptación Social, pagarán los derechos por consumo de agua con la tarifa que
corresponda, menos un 30%.
Precisó que se ha incluido en la propuesta a los centros de atención
especial, ya que en atención a la Ley de Educación en el Estado, son parte del
nivel básico, y en media superior, a los equivalentes de bachillerato, así como
a la educación profesional que no requiere bachillerato o sus equivalencias.
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