lunes, 3 de septiembre de 2012

Presenta Dip. Marco Vizcarra iniciativa para dar seguimiento a los puntos de acuerdo aprobados por el Congreso

Rosarito Informa.-Con el objetivo de dar seguimiento a los puntos de acuerdo que se presentan y aprueban en el Pleno del Congreso del Estado, el Diputado Marco Antonio Vizcarra Calderón presentó una iniciativa para reformar el artículo 57 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado.


El Legislador mexicalense comentó que, como es sabido, es una práctica común, principalmente en las proposiciones con punto de acuerdo, solicitar la dispensa del trámite de ser turnadas a la comisión competente, cuando el asunto sobre el cual versen se considere como urgente y de obvia resolución.

Vizcarra Calderón explicó que las proposiciones con punto de acuerdo cuya dispensa de trámites es solicitada y aprobada, deben necesariamente atender a asuntos considerados como urgentes, que bien pueden ser de la competencia de las autoridades federales, estatales y municipales, o inclusive, estar dentro del ámbito de entes no gubernamentales o privados, pues se recuerda que a través de esta clase de iniciativas también es posible que el Congreso del Estado fije su posición respecto algún hecho, acontecimiento o fenómeno social.

Una vez aprobado el punto de acuerdo, agregó, éste es enviado a la autoridad o ente respectivo para su conocimiento y atención correspondiente; sin embargo, señaló que una vez despachado el referido punto de acuerdo normalmente no se obtiene una respuesta que permita conocer y dar seguimiento de la gestión realizada por el Congreso del Estado.

“Pese a que se podría considerar que los destinatarios de los puntos de acuerdo deben remitir su respuesta a esta Soberanía, esto generalmente no acontece; lo que ocurre generalmente es que la respuesta es insatisfactoria o en algunos casos extemporánea, lo que hace infructuosa la intervención del Poder Legislativo, no obstante, se insiste, la urgencia del asunto que dio origen al punto de acuerdo”, indicó.

El Diputado perteneciente al Partido Estatal de Baja California detalló que se propone como una atribución de las diversas comisiones, según la materia a su cargo, conocer e informar sobre la situación que guardan las proposiciones con punto de acuerdo que hayan sido dispensadas de trámite, es decir, otorgarles funciones de seguimiento y cuenta, así como para en su caso, proponer medidas adicionales a fin de lograr que se atienda o resuelva con la oportunidad debida, cualquier asunto urgente que motive algún punto de acuerdo. 

“No pasa inadvertido, que los referidos puntos de acuerdo carecen de fuerza vinculatoria, pero ello no implica que el Congreso del Estado, en atención al principio de colaboración de poderes o en ejercicio de sus facultades, no pueda tomar, ante una respuesta desfavorable o ante una situación de hermetismo, distintos acuerdos con el ánimo de apoyar la solución de cualquier problemática o situación social que se le plantee, más aún, por tratarse de asuntos calificados como urgentes y de obvia resolución”, sentenció. 

La propuesta consiste en modificar los puntos número 11 y 12, así como adicionar un punto número 13, al tercer párrafo, del artículo 57 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, para quedar como siguen:

ARTICULO 57.-….….

En tanto órganos colegiados, las comisiones tienen las atribuciones siguientes:

1 al 10. …

11. Presentar al Pleno informe anual o final de actividades, por conducto de su Presidente y, en su caso, los reportes específicos que se les solicitan. Los informes de actividades incluyen, por lo menos: la relación ordenada de asuntos turnados, los trabajos realizados, la documentación generada y el estado en que se encuentran; el cumplimiento del programa de trabajo; actas de las reuniones de trabajo celebradas; viajes realizados y objetivos alcanzados; y la información administrativa y presupuestal que corresponda. El informe se publicará en la Gaceta o en la página de Internet del Congreso; 

12. Según corresponda la materia, dar seguimiento y cuenta de los puntos de acuerdo que sean aprobados con dispensa de trámite, así como proponer al Congreso medidas adicionales cuando éstos no se atiendan; cuando no se reciba una respuesta en relación con los mismos o recibiéndose ésta, sea desfavorable, insatisfactoria o extemporánea, y 13. 

     Las demás que se derivan de esta Ley y su Reglamento y otras disposiciones aplicables.

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