Durante la última sesión ordinaria, realizada el pasado 4 de septiembre,
la Legisladora mexicalense, afirmó que el tener acceso a la cultura y a la
educación solo se puede conseguir fomentando y construyendo políticas
educativas integrales que sean inclusivas a nuevas tecnologías de la
información como lo es el uso de las bibliotecas digitales de las cuales.
En algunos estados, dijo, se tiene una legislación mucho más avanzada y consensuada la
cual brinda el acceso a este tipo de tecnologías de la información, en este
caso nuestra entidad no podía quedarse rezagada. A su vez, en otras entidades
de nuestro país donde ya se aplican este tipo de servicios han avanzado en la
implementación en el uso de las bibliotecas digitales dentro de las bibliotecas
tradicionales.
“Es justo el avance en el acceso a la cultura y a la educación que nos
brinda la lectura dentro de una biblioteca. De tal forma que nuestras
autoridades en el rubro de la cultura y la educación sean las encargadas de
implementar el uso de mecanismo, que disminuyan las brechas culturales y
educativas con la implementación de las bibliotecas culturales dentro de las
bibliotecas tradicionales así como en las hemerotecas de nuestro estado”,
explicó.
Noriega Ríos, agregó que el manejo de las tecnologías para la promoción
del conocimiento representa una oportunidad muy importante, puesto que facilita
su acceso a lugares más remotos y de acceso físico complicado.
“Es necesario realizar modificaciones que reduzcan la brecha entre el
libro de papel y la nueva realidad que es el libro digital, es por supuesto sin
el ánimo de atentar en contra del libro impreso como lo conocemos. Lo antes
mencionado por supuesto con la observancia en todo momento de la ley de
protección de derechos de autor, para los contenidos culturales y los libros
digitales con que se cuenten en dichas bibliotecas digitales”, precisó.
La propuesta de la Diputada Virginia Noriega se concreta en adicionar la
fracción XXVI recorriéndose la
subsecuente del artículo 12 de la Ley del Instituto de Cultura de Baja
California, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 12.- Para el adecuado cumplimiento de su
objeto, el ICBC tendrá las atribuciones siguientes:
I… a XXV…
XXVI. Promover ante las autoridades competentes los
acuerdos y autorizaciones correspondientes para adquirir y acceder a los libros
y contenidos digitales, así como promocionar, instalar y modernizar las
bibliotecas digitales dentro de las Bibliotecas Públicas a cargo del Estado.
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