martes, 4 de septiembre de 2012

Reforma congreso código civil para la expedición de actas de niñez nacida fuera del matrimonio

Rosarito Informa.-Con el objetivo de respetar el derecho a la intimidad que debe de gozar todo niño, niña o adolescente, a que no se han conocidos por otras personas ciertos aspectos de su vida, y por ende, el poder de decisión sobre la publicidad o información de datos relativos a su persona o familia, fueron aprobadas por mayoría en el Pleno del Congreso diversas reformas al Código Civil del Estado de Baja California, cuyo inicialista es el diputado Carlos Murguía Mejía.

 
Al hacer uso de la voz para justificar las modificaciones al Código Civil en lo referente al registro y expedición de actas de nacimiento de los hijos nacidos fuera del matrimonio, el legislador explicó que actualmente existe un atentado al derecho de la privacidad de la persona, ya que las autoridades se olvidan  de proteger la no divulgación de datos de la vida privada del menor. Argumentó que, como está la ley hoy en día, se obliga a mostrar el documento anexo, que en este caso es el acta de reconocimiento, junto con el acta de nacimiento, revelándose así datos de la condición familiar y personal de los individuos.

En este sentido, Carlos Murguía dijo que con las reformas a los artículos 78 y 82, así como la derogación del artículo 79 del mencionado Código, se lograría la protección de la intimidad de las personas reconocidas con posterioridad a su registro. 

Así pues, el artículo 78 quedaría como sigue: “Si el reconocimiento del hijo nacido fuera del matrimonio se hiciere después de haber sido registrado su nacimiento, se hará mención de éste con la nota marginal correspondiente en el acta de nacimiento originaria, la cual quedará reservada por lo que no podrá expedir constancia de ella, ni se podrá publicar salvo por mandato judicial o a petición del interesado. En caso de que no exista mandato judicial o petición del interesado, se expedirá el acta con los datos actualizados y sin la nota marginal.”

El diputado tijuanense Carlos Murguía Mejía refirió que, actualmente, estados como Aguascalientes, Chihuahua y el Distrito Federal, contemplan en sus disposiciones la expedición de una nueva acta de nacimiento al darse el reconocimiento del menor, haciendo la anotación marginal en el acta primigenia y la constancia en los correspondientes asientos registrales, quedando la misma bajo el resguardo del archivo, absteniéndose de expedir copias certificadas de ésta, salvo situaciones concretas como, por ejemplo, solicitud expresa o resolución judicial.

La presente Iniciativa con Proyecto de Decreto aprobada, fue impulsada por las fracciones parlamentarias del PRI, PVEM, PT y PEBC.

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