jueves, 18 de febrero de 2016

El congreso aprobó reforma relativa a la violencia política en contra de las mujeres

Rosarito Informa.-El Pleno del Congreso aprobó reformar la Ley de las Mujeres a una Vida Libre de violencia, a fin de adicionarla con dos fracciones para enriquecerla con el concepto de “violencia política”.

La iniciativa fue presentada en su oportunidad por la diputada Mónica Bedoya Serna y leída en tribuna por ella misma, durante la sesión ordinaria celebrada este día, bajo la conducción del diputado Rodolfo Olimpo Hernández Bojórquez, presidente de la Mesa Directiva.


Dicha iniciativa fue secundada por las diputadas; Rosalba López Regalado, Rosa Isela Peralta Casillas, Irma Martínez Manríquez, Laura Luisa Torres Ramírez,  Miriam Josefina Ayón Castro y Margarita Macrina Corro Arámbula, así como de los diputados Cuauhtémoc Cardona Benavides, Gustavo Sánchez Vásquez, Gerardo Álvarez Hernández, Mario Osuna Jiménez, Juan Manuel  Molina García, Rodolfo Olimpo Hernández Bojórquez y Julio Cesar Vázquez Castillo.



De esta forma, la citada Ley se adicionó con los artículos 11 bis y 11 ter. El primero de ellos establece: “Se entiende por violencia política a las acciones o conductas cometidas directamente o a través de terceros en contra de las mujeres candidatas, electas, designadas o en ejercicio de la función político–pública para acortar, suspender, impedir o restringir el ejercicio de sus derechos políticos así como para inducirla u obligarla a que realice, en contra de su voluntad, una acción o incurra en una omisión, en el cumplimiento de sus funciones.

Respecto al artículo 11 ter, se define: “Son actos de violencia política hacia las mujeres candidatas, electas, designadas o en ejercicio de la función político– pública, los que: Proporcionen a las mujeres candidatas o autoridades electas o designadas información falsa, errada o imprecisa que induzca al inadecuado ejercicio de sus funciones político - públicas.

También que Impongan por estereotipos de género, la realización de actividades y tareas ajenas a las funciones y atribuciones de su cargo, obliguen mediante la fuerza o intimidación a las autoridades electas o designadas en el ejercicio de sus funciones político - públicas, suscribir todo tipo de documentos y/o avalar decisiones contrarias a su voluntad, al interés público o general; asignen responsabilidades que tengan como resultado la limitación del ejercicio de la función político–pública.

Además, “Eviten por cualquier medio que las mujeres electas, titulares o suplentes, o designadas asistan a las sesiones ordinarias o extraordinarias o a cualquier otra actividad que implique la toma de decisiones, impidiendo o suprimiendo el derecho a voz y voto en igualdad de condición que los hombres”.


La diputada Mónica Bedoya destacó que en el pasado mes de Marzo de 2013, el Senado de la República aprobó por unanimidad reformar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a fin erradicar la “violencia política de género” y los obstáculos que impiden a las mujeres acceder a cargos de elección popular o funciones públicas, por lo que se debían homologar estos conceptos en las legislaciones estatales.

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