viernes, 2 de septiembre de 2016

Consejo de la judicatura del poder judicial deberá garantizar el acceso del público a sus sesiones

Rosarito Informa.-El Pleno del Congreso de Baja California aprobó por unanimidad una reforma al artículo 162 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado (LOPJ), la cual tiene el propósito de adicionar en dicho precepto legal que el Consejo de la Judicatura “deberá otorgar el espacio y demás condiciones necesarias para garantizar la publicidad y el acceso público a las sesiones, además serán transmitidas por el portal oficial de internet del Poder Judicial del Estado de Baja California”.

El inicialista es el diputado Juan Manuel Molina García, quien dio a conocer que, actualmente, el artículo 162 de la LOPJ sólo refiere lo siguiente: “Las sesiones aprobadas en el calendario anual de actividades colegiadas aprobadas por el Consejo de la Judicatura, serán públicas”.


Debido a lo anterior, el representante popular de Movimiento Ciudadano subrayó la necesidad de incorporar en la referida ley orgánica, elementos que fortalezcan la transparencia gubernamental y armónicamente –como resultado de lo anterior- un ejercicio más efectivo del derecho de acceso a la información pública, a fin de cumplir con las nuevas tendencias sobre transparencia, acceso a la información y rendición de cuentas, como derechos humanos que fomentan la verdadera participación ciudadana.



En ese sentido, indicó que los valores que promueve con su iniciativa son los de máxima publicidad y la disponibilidad de la información, lo cual va en concordancia con el artículo primero de la Constitución Federal, que señala que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.

            Molina García argumentó, además, que conforme al artículo 6 de la Constitución Política de México y al artículo 7, apartado C), de la propia Constitución del Estado, el Poder Judicial como cualquier ente público de Baja California, debe fomentar la cultura de la rendición de cuentas, el acceso a la información y la participación ciudadana.


            Informó que el Consejo de la Judicatura es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial en dicho Poder estatal, y el cual debe de tomar decisiones en su esfera competencial a través de sesiones públicas; ello conforme a lo dispuesto por el artículo 162 de su propia ley orgánica, donde está inscrito de forma categórica que deben ser públicas al establecer el término “serán”.

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