Cero Grados.-La Subprocuraduría de Justicia en Tijuana, a través de los elementos aportados por la fiscalía logró una sentencia de un año y seis meses de prisión para un sujeto por ser responsable en el delito de robo calificado a lugar cerrado.
El hoy sentenciado es David N. Los hechos ocurrieron el 21 de septiembre de 2016, cuando agentes de la Policía Municipal realizaban un recorrido de vigilancia sobre el bulevar Fundadores y la calle Alejandría de la colonia El Rubí, la central de radio les pidió que se trasladaran a la altura de la Plaza San Javier, en donde se encontraba la alarma activada del negocio denominado Café D’ Volada.
Al llegar al lugar se dieron cuenta que uno de los vidrios de dicho negocio se encontraba quebrado y en el exterior se encontraba una persona del sexo masculino, quien llevaba en sus manos una caja de color beige con gris, mismo que al percatarse de la presencia de los oficiales optó por apelar a la fuga dejando la caja tirada en el piso.
Por este motivo uno de los agentes descendió de la patrulla para lograr darle alcance metros más adelante, el hoy sentenciado se resistió en todo momento a la detención, por lo que se le aplicó técnicas de control e inmovilización a efecto de tenerlo bajo custodia policial, además de darle lectura a sus derechos constitucionales, negándose a firmar dicha hoja.
Posteriormente regresaron al negocio para asegurar y embalar una caja de metal de color beige y gris, conteniendo en su interior monedas y billetes de diferente denominación. Así mismo se trasladaron a la Agencia del Ministerio Público para poner a disposición a David N., en la Unidad con Detenido, la cual inició la carpeta de investigación.
Una vez que la fiscalía presentó el caso ante el Juez de Control, se realizó un procedimiento abreviado en el que se encontró penalmente responsable al antes mencionado en del delito de robo calificado a lugar cerrado y se le impuso sentencia de un año y seis meses de prisión.
Cabe mencionar que a David N se le concedieron los beneficios sustitutos de la pena, siendo estos los siguientes: una multa por 3 mil pesos y el de la suspensión de la ejecución de la pena por mil pesos, además de cumplir con los requisitos establecidos en el articulo 92, del Código Penal para el Estado de Baja California, residir en esta ciudad, firmar ante la coordinación de medidas durante un año y medio, demostrar en el plazo de un mes que tiene un trabajo lícito y abstenerse de molestar a la víctima. En caso de incumplir con alguno de ellos, puede ser motivo para que se solicite su reingresó en prisión.
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