martes, 28 de marzo de 2017

Celebra IEEBC quinta sesión extraordinaria

Cero Grados.-En los trabajos de la Quinta Sesión Extraordinaria del Consejo General Electoral se aprobó el cierre presupuestal y programático correspondiente al Ejercicio Fiscal 2016 así comotransferencias entre partidas de un mismo grupo de gasto y las autoridades competentes en el procedimiento laboral disciplinario, así como de la instancia competente para resolver el recurso de inconformidad aplicable a los miembros del Servicio Profesional Electoral Nacional del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC).


La Consejera Electoral y Presidenta de la Comisión Especial de Administración, Helga Iliana Casanova López, presentó el dictamen número 18 relativo al cierre presupuestal y programático del Instituto Estatal Electoral de Baja California correspondiente al Ejercicio 2016.

La Consejera Electoral recordó que el diecisiete de diciembre del 2015, el H. Congreso del Estado de Baja California aprobó para el Instituto Estatal Electoral de Baja California un techo financiero por la cantidad de $187'344,203.87 pesos.     
Durante el ejercicio fiscal 2016 fueron autorizadas tanto por el Consejo General Electoral como por el H. Congreso del Estado nueve modificaciones al presupuesto de egresos autorizado para el ejercicio 2016. El Presupuesto Autorizado Modificado para el ejercicio fiscal 2016 ascendió a la cantidad de $371´042,406.97 pesos.
El Programa Operativo Anual 2016 fue basado en resultados, el cual es un método de planeación que permite mejorar la calidad del gasto público y promover una adecuada rendición de cuentas al basarse en la estructuración y solución de problemas, por lo que se desprende que de un total de los 17 componentes autorizados para el ejercicio fiscal 2016 se tuvo un cumplimiento global del 99%.
Por otra parte la Consejera Electoral y Presidenta de la Comisión Especial de Administración, sometió a consideración del Consejo General el Dictamen número diecinueve relativo a las transferencias entre partidas de un mismo grupo de gasto que no exceden del 15% del presupuesto autorizado acumulado de cada una de ellas por la cantidad de 109 mil 209 pesos a través de la segunda modificación presupuestal correspondiente al ejercicio fiscal 2017.
Se informó que la solicitud de modificación presupuestal obedece a la necesidad que tiene el Instituto Estatal Electoral de contar con disponibilidad presupuestal suficiente en la partida 15201 (Indemnizaciones), requerida para cubrir la totalidad de las prestaciones laborales del personal de confianza que dejó de prestar sus servicios en el Organismo.

De igual manera se pretende dar suficiencia presupuestal a algunas partidas del grupo de gasto 30000 (Servicios Generales), las cuales servirán para solventar las adecuaciones y servicios que se requieren en las nuevas oficinas.  Asimismo, es necesario cubrir el costo de la reubicación del equipo de aire acondicionado que se encuentra instalando actualmente en las oficinas del Consejo General, mismas que se tienen que entregar el día último del mes de marzo.
En su momento la Consejera Electoral y Presidenta de la Comisión del Servicio Profesional Electoral, Lorenza Gabriela Soberanes Eguía, sometió a consideración del Consejo General el Dictamen Número Tres, relativo a la designación de las autoridades competentes en el procedimiento laboral disciplinario, así como de la instancia competente para resolver el recurso de inconformidad aplicable a los miembros del SPEN.

Se aprobó designar como autoridad instructora del procedimiento laboral disciplinario al Titular del Departamento de Control Interno del Instituto Estatal Electoral de Baja California, en virtud de que es la unidad administrativa que tiene facultades de investigación de presuntas conductas infractoras además de contar con personal capacitado para el desarrollo de las indagatorias conducentes.

Se designó como autoridad resolutora del procedimiento laboral disciplinario al Secretario Ejecutivo del Consejo General Electoral del Instituto Estatal derivado que el artículo 661 del Estatuto, determina que las autoridades competentes para conocer del Procedimiento Laboral Disciplinario será el funcionario que el órgano superior de dirección del OPLE designe, y la autoridad resolutora, que será el Secretario Ejecutivo o su equivalente. También se designó como Autoridad Sustanciadora y Resolutora del recurso de inconformidad a la Comisión de Reglamentos y Asuntos Jurídicos, derivado de que es la responsable de realizar el análisis y dictaminación de los asuntos jurídicos del Consejo General.

Durante los trabajos de la Sesión Extraordinaria también se aprobó el acta de la Segunda Sesión ordinaria del Consejo General celebrada el pasado 16 de febrero de 2017.

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