Cero Grados.-Las personas físicas o retenedoras de cuotas obrero-patronales pueden obtener su alta patronal, inscribirse en el Seguro de riesgos de trabajo o reportar la reanudación de actividades ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), a través de Internet en aras de dar cumplimiento oportuno a sus obligaciones ante la dependencia.
Al destacar lo anterior, el delegado del Seguro Social en Baja California y zona parcial de Sonora, licenciado Francisco Iván Beltrones Burgos, señaló que para efectuar cualquier trámite, el patrón debe contar con firma electrónica avanzada (FIEL) expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y posteriormente registrarse en la página web www.imss.gob.mx a fin de obtener lasCarta de términos y condiciones para utilizar la FIEL en los actos que se realicen ante el IMSS; acuse de recibo electrónico, aviso de registro patronal personas físicas en el régimen obligatorio (ARP-PF) y la tarjeta de identificación patronal.
Explicó que las personas que decidan acudir a las oficinas administrativas, pueden solicitar una cita previa mediante Internet para obviar tiempos, por lo que acudir en la fecha y horario asignados, será de gran utilidad y deberán hacerlo según al domicilio fiscal o del centro de trabajo, “también puede hacerlosin cita en horarios de 08:00 a 15:30 horas”, precisó.
Beltrones Burgos detalló que al concluir el trámite de registro patronal, se podrá iniciar la inscripción de empleados por medio del formato Aviso de inscripción de los trabajadores (AFIL-02)contratados a la fecha de su registro, si así lo requiere.
El funcionario puntualizó que en todas las diligencias, el IMSS revisa que los documentos y formatos presentados no contengan errores, tachaduras ni enmendaduras; en los casos que éstos sean expedidos fuera del territorio nacional, deberán presentarse legalizados o apostillados y en su caso, acompañar la traducción en español.
Cuando el patrón, sujeto obligado o representante legal ya esté registrado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y aperture centros de trabajo en diferentes municipios, podrá solicitar a la subdelegación u oficina auxiliar de Afiliación y cobranza que controle el domicilio fiscal, la asignación del nuevo registro patronal.
Sólo en caso de una reanudación de actividades, -subrayó-, el formato que deberá requisitar el patrón persona física, sujeto obligado o representante legal, es el Aviso de modificación en el seguro de riesgos de trabajo (AM-SRT); asimismo, deberá presentar la tarjeta de identificación patronal de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización.
Al puntualizar que los trámites antes referidos son gratuitos, Beltrones Burgos recalcó que la dependencia registra un notable avance en el programa de modernización y digitalización de trámites, lo que ha permitido eliminar filas en oficinas administrativas y facilitar a derechohabientes y patrones la obtención de documentos con validez oficial en condiciones de seguridad, transparencia y confidencialidad.
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