Cero Grados. - Ante las reformas fiscales aplicables para este 2022 es necesario que contribuyentes y asesores estén conscientes de los cambios en cuanto a la presentación de declaraciones y nuevos regímenes fiscales, debido a que se han gestado algunos errores.
Así lo resaltó el M.I. Jorge Alejandro Montes Sánchez, socio de Rufo Ibarra Consultores, quien estuvo como invitado en el desayuno virtual del Colegio de Contadores Públicos de Baja California (CCPBC), que preside la C.P.C. Yolanda Muñoz Pizaña.
El experto expuso el tema "Problemáticas y aclaraciones sobre la Reforma Fiscal 2022", en donde señaló que hay una serie de modificaciones que deben ser tomadas en cuenta.
En el caso del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) por venta de combustibles, se tiene como nuevo requisito para deducir, que este comprobante cuente con la información del permiso del vendedor del combustible, mismo que no debe estar suspendido al momento de su expedición.
"En cuanto al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), aunque tengas ingresos por salarios e intereses, el impuesto seguirá determinado como hasta ahora, a menos que te registres como actividad empresarial, actividad profesional o arrendamientos", anotó el M.I. Jorge Montes.
Agregó que para efecto de contabilizar los 3.5 millones de pesos, que es el parámetro para aplicar al RESICO, quedarán excluidos ingresos por enajenación de casa habitación, herencias, donaciones, fusión de sociedades, adquisición por prescripción, premios, indemnizaciones por perjuicios, entre otros conceptos.
Por otro lado, el especialista advirtió que las declaraciones tendrán información precargada, lo cual ya está en la página del SAT, pero se han generado problemas desde los primeros días de febrero.
"Son aberraciones, porque el sistema carga información incorrecta y no permite avanzar, esperemos que reconozcan sus errores y corrijan, ya que, incluso, el 31 de enero se les cayó el sistema", expuso.
Además, la declaración no permite avanzar si no se manifiesta algún importe en el renglón de subsidio al empleo, donde no hay razón ni lógica legal, aseguró.
"De la misma forma existe un renglón de IVA retenido, donde se tiene que señalar cuál fue la operación con dicho IVA retenido; forzosamente se tiene que colocar una cantidad, aunque no estés en el supuesto, de lo contrario no puedes avanzar", subrayó.
Por su parte, la C.P.C. Yolanda Muñoz Pizaña, presidenta del CCPBC, destacó la importancia de conocer este tipo de detalles en materia fiscal, ya que esto podría tener efectos negativos para los contribuyentes.
"Como podemos ver, siempre hay información detallada que debemos saber para poder asesorar bien a nuestros clientes, razón por la cual en el Colegio invitamos a expertos como el Mtro. Jorge Alejandro Montes, que nos traen datos actualizados y muy puntuales, y a quien agradecemos su participación", finalizó.
No hay comentarios:
Publicar un comentario