De acuerdo con el documento enviado a la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales para dictamen, se expone que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), consideró inconstitucional el artículo 8 de la Ley Federal de Cinematografía, debido a la discriminación que sufren actualmente las personas con discapacidad visual permanente.
Indica que dicha resolución se da luego de que un ciudadano con discapacidad visual, promovió un amparo para que los cines proyecten películas en formatos accesibles que le permitan garantizar su derecho a la cultura, argumento que fue aceptado por la SCJN al considerar que dicha ley sólo ofrece alternativas en los cines para personas con discapacidad auditiva, mas no para personas con discapacidad visual.
La diputada Araceli Geraldo hace mención que, dado que establece que las películas se transmitan en las salas de cine en su idioma original pero subtituladas, la persona con discapacidad visual permanente no tiene acceso a la lectura de éstos, por lo que considera necesario contar con una medida de accesibilidad que permite al Estado mexicano cumplir su deber de garantizar el derecho a la accesibilidad de las personas con discapacidad visual.
Expuso también que la presente iniciativa se somete para su aprobación en Comisión y posteriormente discusión en el Pleno, para que en caso de ser aprobada por mayoría de la XXV Legislatura, sea remitida para su trámite correspondiente al Congreso de la Unión, a quien corresponde el análisis final y en su caso la aprobación de esta.
Cabe mencionar que la audiodescripción se refiere a la herramienta mediante la cual, las personas con discapacidad visual escuchan una narración opcional que describe lo que está ocurriendo en pantalla, incluidas las acciones físicas, las expresiones faciales, el vestuario, las ambientaciones y los cambios de escena.
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