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martes, 8 de abril de 2025

CONGRESO APRUEBA REFORMA CONTRA LA DISCRIMINACIÓN EN AMBITOS DIGITALES


Cero Grados.-En sesión ordinaria efectuada en la ciudad de Tijuana, el pleno del Congreso del Estado aprobó una reforma a la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Estado de Baja California, para impedir la difusión física o digital de datos personales sensibles sin consentimiento de la persona titular de los mismos.

La reforma va enfocada a que se evite difundir, por cualquier forma o medio de comunicación físico o digital, sin consentimiento de la persona agraviada información sobre su condición y antecedentes de salud física o mental o cualquier otro dato personal sensible.

Con esta medida se busca frenar y en su caso erradicar todo tipo de mensajes, manipulación de imágenes, difusión de videos y otros contenidos discriminatorios que se comparten particularmente por las llamadas redes sociales o la internet en general y otros medios tradicionales.

La iniciativa, presentada por la diputada Adriana Padilla Mendoza, fue analizada y votada favorablemente en la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales que dirige el diputado Juan Manual Molina para luego ser aprobada en sesión plenaria de la Legislatura.

Padilla Mendoza en la exposición de motivos, se refirió a la discriminación digital, la que explica “como toda expresión y acción discriminatoria realizada a través de medios digitales”. Algunos ejemplos son las páginas o sitios destinadas a ejercer la violencia sobre alguna persona o grupo, la alteración de fotos y el agregado de epígrafes distorsionados o desvinculados del contenido original, o el hecho de acosar y denigrar a una persona en particular. 

También se manifiesta a través de cadenas de mails y chats grupales que transmiten y masifican la discriminación en internet. Las redes sociales constituyen, en este sentido, las plataformas preferidas por quienes quieren crear y difundir contenidos discriminatorios. 

Abunda sobre el tema al acotar que es difícil cuantificar el daño que produce una agresión; sin embargo, lo que distingue la agresión online de la offline es la instantaneidad y la viralización de los contenidos difundidos y su permanencia por tiempo indeterminado en el ciberespacio.

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