Rosarito Informa.-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó la liberación inmediata de la ciudadana francesa Florence Cassez Crepin, presa desde hace siete años acusada de secuestro por el exsecretario de Seguridad Pública, Genaro García Luna, y el expresidente Felipe Calderón.
Con tres votos a favor, la Primera Sala del máximo tribunal echó abajo uno de los casos importantes de la pasada administración al considerar que las violaciones constitucionales ocurridas durante su detención afectaron el debido proceso penal seguido contra la acusada.
En su resolución, la Sala no se pronunció sobre la inocencia o la culpabilidad de Cassez, quien fue acusada por García Luna de delincuencia organizada, secuestro de tres personas, incluido un menor, y posesión y portación de arma de uso exclusivo del Ejército.
Los ministros que decidieron la liberación inmediata fueron Olga Sánchez Cordero, Arturo Zaldívar y el recién llegado Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
El ministro José Ramón Cossío también votó a favor del amparo, pero se mantuvo en su postura inicial para que el expediente se regresara al Primer Tribunal Unitario que en 2009 condenó a Cassez a 60 años de prisión y desestimara los testimonios de dos de las tres personas supuestamente secuestradas por Cassez.
La ponente en el juicio de revisión de amparo, la ministra Sánchez Cordero, modificó su proyecto original que seguía esa propuesta de Cossío pero con más pruebas a desestimar, y terminó por retomar el proyecto que hace un año presentó el ministro Arturo Zaldívar.
En marzo de 2012, cuando el caso se trató por primera vez en el máximo tribunal del país, Zaldívar propuso conceder un amparo “liso y llano” no sólo por las violaciones constitucionales cometidas por la Agencia Federal de Investigaciones (AFI), al mando entonces de García Luna, y el “efecto corruptor” de esas violaciones en todo el proceso.
Zaldívar se mantuvo en su posición y tuvo el respaldo del ministro Gutiérrez Ortiz Mena, quien aseguró que “donde existe un mal, el Derecho debe proveer el remedio respectivo”.
En su primera intervención trascendente en la Corte, el nuevo ministro aseguró: “Se afectó el debido proceso legal y la obtención de la prueba ilícita, al existir demora en la puesta a disposición ministerial, y bajo la agravante del montaje… con una inducción hacia las víctimas y testigos de cargo se vulneraron los derechos fundamentales de carácter sustantivo: presunción de inocencia y libertad”.
Con esa intervención, Gutiérrez Ortiz Mena dio la pauta para la votación a favor de Cassez, toda vez que los otros cuatro ministros de la Sala tenían su propia propuesta, pues el ministro presidente de la Sala, Mario Pardo Rebolledo, había planteado regresar el expediente al Tribunal Colegiado que en 2011 ratificó la sentencia contra Cassez.
Al apoyar a Zaldívar decantó la votación y Sánchez Cordero dejó de lado su propuesta e hizo la mayoría de tres votos.
Sánchez Cordero terminó por desechar su propio proyecto y se sumó a la propuesta original de Zaldívar, quien reiteró su postura de que la violación de derechos humanos es propia de un Estado autoritario.
Los ministros que otorgaron el amparo coincidieron en que “el montaje” destruyó el principio de presunción de inocencia y la imposibilidad de que Cassez tuviera una defensa adecuada.
“El debido proceso, la presunción de inocencia, la puesta a disposición oportuna al Ministerio Público, la defensa adecuada y la protección consular no son tecnicismos. El respeto a los derechos humanos es la única forma de justificar el poder punitivo del Estado”, declaró Zaldívar.
Fuente: Proceso
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