Rosarito Informa.-Ante la evolución social prevaleciente, se requiere para el mejor funcionamiento de la Procuraduría de los Derechos Humanos y Protección Ciudadana, la adecuación del ordenamiento legal que la rige, que incorpore disposiciones que se ajusten a las reformas Constitucionales encaminadas a expandir la protección de los derechos humanos.
Esto fue señalado por el Diputado René Adrían Mendívil Acosta, en la exposición de motivos de la Iniciativa de Decreto que reforma diversos artículos de la Ley de la Procuraduría de los Derechos Humanos y Protección Ciudadana, así como la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, ambas para el Estado de Baja California.
Dijo también que los diputados que integran la XXI Legislatura local, han iniciado un periodo legislativo, en el que sin duda todas las fracciones parlamentarias trabajan por el beneficio de los residentes de esta entidad.
“Mi partido el Revolucionario Institucional, -expresó- ratifica su compromiso para impulsar las reformas necesarias que permitan el ejercicio pleno de sus derechos a los hombres y mujeres en el Estado”, en el marco de las reformas constitucionales en materia de derechos humanos, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 6 y 10 de junio de 2011.
Con esta iniciativa presentada recientemente por el Legislador, se pretende establecer una reforma integral, a efecto de lograr una adecuada sistematización y armonización de los nuevos postulados en materia de derechos humanos.
De esta manera, la PDH conocerá las quejas promovidas por víctimas en contra de actos u omisiones de naturaleza administrativa proveniente de cualquier autoridad o servidor público del ámbito estatal y municipal, que se presuma vulneren los derechos humanos previstos en la Carta Magna.
Así mismo se expone que la procuraduría ejerza las facultades en el marco de la ley, con la finalidad de combatir toda forma de discriminación y exclusión como consecuencia de un acto de autoridad, de tal forma que logre garantizar el respecto a la igualdad de cualquier persona o grupo social.
De igual forma, se especifican los elementos objetivos mínimos que deberán considerarse en la consulta pública como parte del procedimiento para la elección y designación de quien deba ocupar la titularidad de la Procuraduría de los Derechos Humanos, así como de quienes integren el Consejo Consultivo.
Esto permitirá transparentar el proceso de designación, para evitar y erradicar acciones opacas y en consecuencia, contribuir en el logro de mayores estándares de transparencia y rendición de cuentas, con enfoque eminentemente ciudadano que de certeza a la sociedad.
Un tema ineludible para la presente iniciativa es incluir la atribución del Poder Legislativo para que a instancia de la procuraduría, cite a comparecer al funcionario que se haya negado a aceptar y en su caso, dar cumplimiento con una recomendación en la materia, resaltó el Legislador.
Otra de sus pretensiones es adicionar el artículo 62 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, con el objeto de otorgar a la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, la facultad de emitir la convocatoria pública para la elección del procurador de la PDH.
Por otro lado, se propone adicionar el artículo 46 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, a fin de que sea obligación de los servidores públicos, responder las recomendaciones que emita dicha procuraduría.
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