viernes, 1 de julio de 2016

Aprueban incorporar en la constitución local los conceptos de planeación democrática y deliberativa

Rosarito Informa.-La Vigésima Primera Legislatura de Baja California aprobó por unanimidad el dictamen 88 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, el cual contenía una iniciativa planteada por el diputado Felipe de Jesús Mayoral Mayoral, por la que se reforma el párrafo sexto del artículo 11 de la Constitución del Estado para incorporar los conceptos de planeación democrática y deliberativa.

            En su exposición de motivos el inicialista dio a conocer que, actualmente, en el capítulo uno de la Carta Magna del Estado, referente al poder público y de la forma de gobierno estatal y municipal, está inscrito que “las leyes facultarán al Ejecutivo a establecer los procedimientos de participación y consulta popular en el sistema estatal de planeación del desarrollo; y los criterios para la formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los programas de desarrollo”.


            Agregó que en dicho capítulo también se establece que “la planeación estatal del desarrollo es un medio para el eficiente y eficaz desempeño de la responsabilidad del Gobierno del Estado y de los Gobiernos Municipales, con relación al desarrollo integral de la entidad y tenderá a alcanzar los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la particular del Estado de Baja California”.
 En ese sentido, con esta iniciativa avalada en la reciente sesión ordinaria del Congreso del Estado, el artículo 11 de la Constitución de Baja California quedará como sigue:


“Las leyes facultarán al Ejecutivo a establecer los procedimientos de participación y consulta popular en el sistema estatal de planeación del desarrollo; y los criterios para la formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los programas de desarrollo. La planeación será democrática y deliberativa. Mediante los mecanismos de participación que establezca la ley, recogerá las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlas a los planes y los programas de desarrollo”.


            Cabe mencionar que esta reforma constitucional aprobada, se turnará a los Municipios para que sea votada en ellos, y así dar cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 112 de la Constitución Política del Estado.

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