Rosarito Informa.-La Vigésima Primera Legislatura de Baja California aprobó
por unanimidad el dictamen 88 de la Comisión de Gobernación, Legislación y
Puntos Constitucionales, el cual contenía una iniciativa planteada por el
diputado Felipe de Jesús Mayoral Mayoral, por la que se reforma el párrafo
sexto del artículo 11 de la Constitución del Estado para incorporar los
conceptos de planeación democrática y deliberativa.
En su
exposición de motivos el inicialista dio a conocer que, actualmente, en el
capítulo uno de la Carta Magna del Estado, referente al poder público y de la
forma de gobierno estatal y municipal, está inscrito que “las leyes facultarán
al Ejecutivo a establecer los procedimientos de participación y consulta
popular en el sistema estatal de planeación del desarrollo; y los criterios
para la formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los programas
de desarrollo”.
Agregó que
en dicho capítulo también se establece que “la planeación estatal del
desarrollo es un medio para el eficiente y eficaz desempeño de la
responsabilidad del Gobierno del Estado y de los Gobiernos Municipales, con
relación al desarrollo integral de la entidad y tenderá a alcanzar los fines y
objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la particular del
Estado de Baja California”.
En ese sentido, con esta iniciativa avalada en la reciente
sesión ordinaria del Congreso del Estado, el artículo 11 de la Constitución de
Baja California quedará como sigue:
“Las leyes facultarán al Ejecutivo a establecer los
procedimientos de participación y consulta popular en el sistema estatal de
planeación del desarrollo; y los criterios para la formulación,
instrumentación, control y evaluación del plan y los programas de desarrollo.
La planeación será democrática y deliberativa. Mediante los mecanismos de
participación que establezca la ley, recogerá las aspiraciones y demandas de la
sociedad para incorporarlas a los planes y los programas de desarrollo”.
Cabe
mencionar que esta reforma constitucional aprobada, se turnará a los Municipios
para que sea votada en ellos, y así dar cumplimiento con lo dispuesto en el
artículo 112 de la Constitución Política del Estado.
No hay comentarios:
Publicar un comentario