Rosarito Informa.-El Pleno del Congreso del Estado aprobó la convocatoria para la elección de los Consejeros Electorales Numerarios y Supernumerarios, del Consejo General Electoral del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado (IEPC), para el periodo comprendido del trece de enero de dos mil trece al doce de enero de dos mil dieciséis.
La convocatoria fue puesta a consideración de la Asamblea por el Presidente de la Junta de Coordinación Política, Diputado Rubén Alanís Quintero, y aprobada de manera unánime por los Congresistas locales durante la sesión celebrada este día, bajo la Presidencia de la Diputada Claudia Agatón Muñiz.
La citada convocatoria aparecerá publicada en los medios de comunicación, para que se inscriban todas aquellas personas que se interesen en forma parte del Consejo Electoral.
En relación con los actuales Consejeros Electorales Numerarios y Supernumerarios que pueden ser considerados para la designación de un periodo inmediato, y que se encuentren interesados en ello, deberán comparecer de manera personal, en Oficialía de Partes de esta Soberanía, con solicitud por escrito, dirigida a la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, a partir del día lunes 12 al 26 de Noviembre del presente año, de 8:00 a las 15:00 horas.
Por lo que hace a los Ciudadanos interesados en integrar el Consejo General Electoral del IEPC, así como las Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación del Estado, Organismos empresariales, y de la Sociedad Civil, que podrán proponer al Congreso del Estado hasta dos candidatos que consideren con mayor aptitud para integrar el organismo electoral, deberán presentar solicitud por escrito en la Oficialía de Partes de esta Soberanía, dirigida a la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales en los mismos días y horario del caso anterior.
Entre los requisitos que deberán reunir los aspirantes figura el de ser mexicano por nacimiento en pleno goce de sus derechos político electorales y civiles, contar con Credencial para votar y estar inscrito en el Padrón Electoral.
Además, ser mayor de treinta años de edad al día de su designación, tener residencia en el Estado durante los últimos cinco años, poseer al día del nombramiento título profesional de nivel licenciatura y contar con los conocimientos y experiencia que les permitan el desempeño de sus funciones y no haber desempeñado cargo de elección popular, ni haber sido registrado como candidato para alguno de ellos.
Tampoco podrán ser Consejeros quienes desempeñen o hayan desempeñado cargo de órganos directivos o de decisión de algún partido político; quienes hayan ocupado un cargo de representante de partido político ante algún órgano electoral federal o estatal y quienes hayan desempeñado ocupado cargo de primer y segundo nivel en la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal, durante el año anterior al que deban ser electos.
Las limitantes para ser Consejero también establecen no ser, ni haber sido, ministro de culto religioso, en los seis años anteriores a su designación y no haber sido condenado por delito doloso, entre otras.
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