miércoles, 9 de julio de 2014

Aprueba cabildo condona multas y recargos por la omisión de pago oportuno en el impuesto predial

Rosarito Informa.-En la Sexta Sesión Extraordinaria de Cabildo, la Regidora Presidenta de la Comisión de Hacienda, Suldma Corina Beltrán Montes, presentó para su discusión, votación y aprobación el Punto de Acuerdo H001 relativo a la Condonación del 100% de los recargos y multas por la omisión en el pago oportuno del impuesto predial para el ejercicio fiscal 2014 y años anteriores.

 El dictamen, elaborado por los integrantes de la Comisión de Hacienda, establece que los descuentos de recargos y multas serán aplicados a partir de la aprobación de dicho Punto de Acuerdo. Y este ha sido aprobado, por lo cual el programa de extensión del pago del impuesto predial será aplicable desde el martes 8 de julio y hasta el 30 de septiembre de 2014.
 Por su parte la Regidora Presidenta de la Comisión de Hacienda, Suldma Corina Beltrán Montes, hace hincapié en que el gobierno municipal, dentro de la política social de un gobierno que entiende y atiende, fortalece e implementa políticas de estímulo que permiten abatir la morosidad en el pago del impuesto predial, la cual es generada por factores económicos del ámbito local, regional, nacional e internacional.
 La iniciativa del punto de acuerdo es producto del ejercicio de la libre administración de la Hacienda Municipal y por ello, cabe señalar que al cierre del segundo trimestre del ejercicio fiscal 2014 se pagaron 32 mil 438 cuentas que equivalen a 28 millones 81 mil 87 pesos y representa el 37.17% del padrón general de 87 mil 255 cuentas. Y con el periodo de condonación que recientemente concluyó hubo una recuperación de 5 mil 460  cuentas con un importe de 8 millones 507 mil 224 pesos.
 Es preciso comentar que al 30 de junio del 2014 el padrón deudor es de 54 mil 817 cuentas por pagar, las cuales corresponden a 74 millones 819 mil 374 pesos y el rezago de dichas cuentas equivale a 417 millones 621 mil 192 pesos, importe que de acuerdo al vencimiento de la fecha de pago es objeto de recargos por mora y multa por pago extemporáneo que difícilmente se puede dar cumplimiento.
 Para hacer válidos los descuentos en recargos y multas, el contribuyente deberá pagar en una sola exhibición o convenir el pago de la contribución omitida con un pago inicial y el saldo antes del término del ejercicio fiscal 2014

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