jueves, 7 de julio de 2016

Iniciativa busca salvaguardar los bienes de menores de edad por mala administración

Rosarito Informa.-La diputada Mónica Bedoya Serna puso a consideración de la asamblea una iniciativa que propone reformar el artículo 439 del Código Civil del Estado, con el propósito de proteger los bienes de menores de edad que se encuentran tutelados por quien ejerce la Patria Potestad.

La iniciativa fue presentada este día a través de la Oficialía de Partes de la Vigésima Primera Legislatura del Estado.


En la propuesta advirtió que: “Como legisladores nos debe ocupar de manera preponderante la protección de los menores, lo que podemos lograr a través de regular el ejercicio de la patria potestad, considerada como la institución protectora de la persona y bienes de los hijos menores de edad no emancipados”.

Bedoya Serna dijo que, en ese sentido, no bastan las reglas de compraventas para que los menores cuiden su patrimonio o que se establezca que los padres deben rendir cuentas sobre la administración de los bienes que adquirieron sus hijos, sino que la búsqueda del interés superior del menor, “nos obliga a ir más allá de estas disposiciones”.

Bajo estas consideraciones, la diputada Bedoya señaló que su propuesta es la de establecer que cualquier disminución a los bienes de las niñas, niños y adolescentes por mala administración de quien ejerce la patria potestad, deberá ser restituido por éste.

Para tal fin, la legisladora se refirió al artículo 439 del mencionado Código, el cual establece que: “Las personas que ejerzan la patria potestad deben entregar a sus hijos, luego que éstos se emancipen o lleguen a la mayor edad, todos los bienes y frutos que les pertenecen”.


La reforma propuesta plantea agregar el siguiente texto: “Además  tienen obligación de darles cuenta de su administración y si existe disminución de los bienes de las niñas, los niños y de los adolescentes, por mala administración de la persona que ejerció sus derechos, ésta deberá restituir el importe en su totalidad por los daños ocasionados”.

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