Rosarito Informa.-La Asamblea Legislativa de Baja California avaló exhortar al
gobernador Francisco Arturo Vega de Lamadrid, para que ordene la publicación en
el Periódico Oficial del Estado del decreto 467 enviado por esta XXI
Legislatura, el cual contiene una iniciativa ciudadana y la creación de la Ley
de Fomento para el Uso de la Bicicleta y Protección al Ciclista.
Este punto
de acuerdo lo propuso en la reciente sesión ordinaria el diputado Juan Manuel
Molina García, quien dio a conocer que dicho decreto fue aprobado por el Poder
Legislativo el 25 de febrero del presente año.
El legislador de Movimiento Ciudadano
recordó que “la iniciativa ciudadana fue presentada desde septiembre del año
2014, por personas interesadas en el mejoramiento de las condiciones para la
vida de la persona que usa la bicicleta como medio de transporte, así como
después en el mes de julio del año 2015, se presentó por parte del suscrito
iniciativa de Ley por la que se crea la Ley de Fomento para el Uso de la
Bicicleta y Protección al Ciclista para el Estado”.
Explicó que, a partir de entonces, en un esfuerzo por
concentrar las propuestas de ambas iniciativas, se realizaron consultas con la
ciudadanía y reuniones de trabajo en diversas ciudades del Estado, con la mera
intención de entregar un trabajo de análisis que diera pie a reformas
efectivas, posibles y que representen un cambio para el beneficio del usuario
de la bicicleta y de la sociedad.
“No menos importante es mencionarles que, en la fecha de su
aprobación, en esta misma sala de Pleno se dio un ejercicio de análisis y
discusión, donde se abrió la palabra a una representante de la sociedad, la
ciudadana Denahi Valdez, quien expuso a los diputados el interés, la
importancia y relevancia de estas reformas, a lo cual este Pleno voto a favor
en su mayoría con sólo una abstención”.
Sin embargo ─agregó Molina García─ “es un hecho que hasta
esta fecha no se ha realizado la publicación en el Periódico Oficial, sin que
se haya hecho observación ni reserva alguna por parte del Ejecutivo del Estado,
de lo cual ha transcurrido en exceso los términos contemplados en el artículo
34 de la Constitución Política del Estado. Por ello, es que no se encuentra
razón alguna para postergar la publicación del decreto 467, solicitándose al
Ejecutivo Estatal ordene su publicación inmediata para que el mismo pueda surtir sus efectos”.
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