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sábado, 22 de febrero de 2025

DIPUTADA EVELYN SÁNCHEZ PROPONE ESTABLECER LA PARTICIPACIÓN DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS CON EL ESTADO

Cero Grados.- La diputada Evelyn Sánchez Sánchez, presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de Baja California, con el objetivo de agregar capítulos relativos a la Participación y Representación Política, Desarrollo de los Pueblos y las Comunidades Indígenas, Acceso y Administración de Justicia Estatal, Derechos Sociales, Desplazamiento Forzado y Desalojo Forzoso, así como Obligaciones Específicas del Estado y Sanciones.

Al sustentar su propuesta, la diputada inicialista subrayó que la Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de Baja California fue publicada en el Periódico Oficial del Estado en el año 2007, con el objetivo de regular y reconocer los derechos de los pueblos originarios en nuestro estado, sin embargo, la legislación estatal se debe armonizar a fin de preponderar la importancia de la figura de las comunidades indígenas como principal base organizativa.

Por lo que la pretensión legislativa es añadir un Título Sexto respecto a la participación que los pueblos indígenas deben tener con un el estado, a fin de que les sean respetados sus derechos de participar en la vida pública y política, mediante el ejercicio del derecho a la representación indígena y a ocupar cargos de diferentes instancias del gobierno. Asimismo, que se regule el derecho a realizar sus propios planes y programas de desarrollo y a que cuentan con recursos económicos para ellos.

De igual manera, subrayó que es requisito indispensable que en la legislación estatal actual se establezcan las medidas mínimas para garantizar el acceso efectivo a la administración de justicia, delimitar los derechos sociales que a los indígenas se tienen que garantizar por parte de diversas instancias de gobierno y concluir con un capítulo especial que regule el desplazamiento forzado.

Por último, expuso que el objetivo de la presente iniciativa es que en la ley se posicione a la población y colectividades indígenas en un nivel de reconocimiento jurídico diferenciado del resto de la población, derivado de sus usos, tradiciones y costumbres, que les permita disfrutar sus prerrogativas de derecho individual y colectivo a través del ejercicio de su libre determinación como medio para alcanzar el nivel de autonomía correspondiente.

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