La intención legislativa de la reforma al artículo 7 y la adición de los
artículos 7 bis, 7 ter y 7 quarter de la mencionada Ley, es la de proteger a la
población vulnerable, como son los niños que están propensos a juegos que
pudieran dañar su salud mental, según se estableció en los considerandos que
acompañaron al proyecto del dictamen número 12 de la Comisión de Asuntos
Fronterizos, Comercio, Desarrollo y Fomento Económico e Industrial y
Competitividad de la XX Legislatura, misma que preside el Diputado Fausto
Zárate Zepeda.
La Iniciativa fue presentada por los grupos parlamentarios del PRI, PVEM,
PEBC y PT, y recibió el apoyo unánime de la Asamblea, durante la pasada sesión
ordinaria.
Entre los objetivos planteados con esta reforma, está el obligar a los
dueños de establecimientos que tengan videojuegos, a que cuenten con una
iluminación adecuada, medidas de seguridad más efectivas, espacios específicos
para que los niños tengan sus áreas de juego y una debida clasificación en cada
videojuego, a efecto que las personas puedan percatarse si están aptos para
hacer uso o no de éstos y se prohibirán las imágenes de actos sexuales,
desnudos y pornográficos, o juegos en los
que se denigre a la mujer, a las personas con algún tipo de
discapacidad, a los indígenas o a las personas con una orientación sexual
distinta.
Por otra parte, la misma Comisión
Legislativa puso a consideración del Pleno el dictamen número 15, que comprende
la reforma al artículo 12 de la Ley de Turismo del Estado, cuya Iniciativa fue
presentada por la Diputada del Partido del Trabajo, Claudia Josefina Agatón
Muñiz.
En este tema, que fue aprobado por unanimidad, se asienta que la
intensión legislativa es generar reformas en la Ley de Turismo del Estado de
Baja California, a fin de establecer ejes rectores para el diseño de políticas
públicas en materia de turismo, y así, la autoridad competente en la materia,
defina estrategias a partir de condiciones particulares y potenciales de la
región, para fortalecer con ello esta actividad.
El texto que se le adicionó a la citada Ley especifica que se
identificaran las diversas vocaciones turísticas de cada zona del Estado,
clasificándolas por destinos, rutas geográficas y rutas temáticas, mismas que
quedarán asentadas en los programas de promoción y fomento turístico.
Además se procurará el agrupamiento en cada zona, de los prestadores de
servicios turísticos para potencializar los atractivos y servicios
correspondientes y se evaluará de manera periódica, con cada agrupamiento o con
el conjunto de estos, las fortalezas y debilidades, así como las estrategias
para consolidar las vocaciones de cada región.
No hay comentarios:
Publicar un comentario