Sección

BAHÍA DE LOS ÀNGELES (1) COLUMNAS (731) ENSENADA (2779) ESTATAL (894) HOROSCOPO POLITICO (5) INTERNACIONALES (342) MEXICALI (12692) NACIONAL (3040) ROSARITO (7766) SAN DIEGO (40) SAN QUINTIN (109) TECATE (2701) TIJUANA (16004)

jueves, 20 de septiembre de 2012

Se plasma en la ley de educación que los centros de enseñanza deberán promover el deporte

Rosarito Informa.-El Pleno del Congreso del Estado aprobó una reforma a la Ley de Educación del Estado con el propósito de que se promueva la actividad física y deportiva dentro de los planteles escolares, como una forma de fomentar estilos de vida saludables. 

 
La reforma se aprobó de manera unánime a través del dictamen número 20, de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Vigésima Legislatura, que preside el Diputado Gregorio Carranza Hernández durante la sesión ordinaria correspondiente a esta semana.

La Iniciativa que dio origen a esta reforma fue planteada por las fracciones parlamentarias del PRI, PEBC, PVEM y PT, a fin de adicionar una fracción VIII al artículo 30 de la mencionada Ley.

De esta manera se agregó al texto vigente lo siguiente: “Promover de la práctica de estilos de vida saludables en los educandos, con la finalidad de que las instituciones educativas públicas y privadas promuevan la práctica del deporte y actividades físicas en sus planteles”.

En un segundo párrafo estipula: “Para ser docente de Educación Física, se requiere haber obtenido el título de Maestro Normalista de Educación Física, de Licenciado en Educación Física, de Licenciado en Actividad Física y Deporte; o profesión afín que cuente con reconocimiento oficial”.

En los considerandos se expuso que la pretensión se funda en el notable incremento de obesidad en niños y adolescentes mexicanos, pese a las medidas que ha emprendido la autoridad para abatir esta problemática en los últimos años.

En ese sentido, agrega, “la Ley Estatal de Educación en su numeral 28, considera a la educación física como una materia permanente y obligatoria al desarrollo armónico e integral del individuo en el proceso escolar y se promoverá en los niveles de educación inicial y básica”.

Es por eso que, “en virtud de la importancia que ha dado el legislador a la promoción del Deporte y la actividad física, dentro del artículo 30 de la norma en cita, se contiene una serie de consideraciones como propósitos generales que ésta debe cubrir”. 

No hay comentarios: