Rosarito Informa.-El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) ordenó a la desaparecida Secretaría de la Función Pública (SFP) entregar la lista de funcionarios sancionados por cometer violaciones a derechos humanos de migrantes de 2008 a 2009.
La decisión del IFAI surgió luego de que un particular solicitó a la SFP información sobre el número de personas que han trabajado y/o trabajan en alguna estación migratoria y que han sido sancionadas por cometer alguna violación a los derechos de los migrantes, en el lapso mencionado.
El reporte, destacó el órgano de transparencia en un comunicado, debería incluir nombre del sancionado, falta cometida, sanción que recibió, fecha de la falta y sanción y si el funcionario en cuestión labora actualmente en alguna estación migratoria.
Sin embargo, a través de la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial y el Órgano Interno de Control del Instituto Nacional de Migración (INM), la Secretaría de la Función Pública respondió que no localizó la información requerida.
Es por ello que el particular interpuso un recurso de revisión ante el IFAI y éste fue turnado al comisionado Gerardo Laveaga.
En alegatos, la SFP reiteró su respuesta original y señaló que remitió la solicitud a las áreas competentes, entre ellas la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial y el Órgano Interno de Control de Migración, que comunicaron la inexistencia de funcionarios sancionados en los años y motivos indicados.
En la revisión del caso, el comisionado Laveaga expuso que la SFP debió realizar una interpretación más amplia de la solicitud del particular y no declarar la inexistencia de la información.
A propuesta del comisionado Laveaga, el pleno del IFAI revocó la inexistencia declarada por el Comité de Información de la SFP.
Por último, instruyó a la Función Pública para que realice una nueva búsqueda exhaustiva en la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial y el Órgano Interno de Control en el INM, y entregue al particular el reporte solicitado.
Fuente: Proceso
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