Cero Grados.-La Comisión de Justicia (CJ) del Congreso local, que preside la diputada Victoria Bentley Duarte (PAN), aprobó agravar la pena para el delito de abuso de autoridad que cometen servidores públicos obligados a enterar las cuotas de los trabajadores al servicio del Estado, municipios y organismos públicos incorporados, y que no las entregan en un periodo de 3 meses consecutivos, a partir de que son requeridas por la institución de seguridad social.
Actualmente se le imponen de 2 a 8 años de prisión y hasta 400 días multa, al funcionario que no entera dichas aportaciones. Bentley Duarte, inicialista de esta iniciativa, propone adicionar un segundo párrafo a la fracción XIV del artículo 293 del Código Penal del Estado, que dice lo siguiente: “La pena prevista en la fracción anterior se aumentará hasta en una mitad más cuando la retención indebida o retraso injustificado, no se subsane durante los 90 días siguientes a la fecha en que las cuotas o aportaciones debieron ser enteradas”.
Durante la sesión de este órgano de trabajo legislativo estuvieron presentes la diputada Victoria Bentley Duarte, presidenta, además de los legisladores Alejandro Arregui Ibarra, secretario, y los vocales Job Montoya Gaxiola, Andrés de la Rosa Anaya y Luis Moreno Hernández, quienes también votaron a favor de una propuesta del Poder Ejecutivo para reformar diversos artículos del Código Civil, la Ley del Notariado y la Ley del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, todas del Estado de Baja California.
La intención de la iniciativa tiene como objetivo que la enajenación de bienes inmuebles entre particulares, así como la constitución o transmisión de derechos reales o que garanticen un crédito, se otorgue sólo en escritura pública. Lo anterior, a fin de otorgar certeza jurídica a los particulares que realicen este tipo de trámites.
En el segundo transitorio se asienta lo siguiente: “El Ejecutivo Estatal por conducto de la Secretaría General de Gobierno deberá realizar las visitas de inspección a las Notarías dentro del primer mes de cada año, verificando que esté a la vista del usuario el arancel notarial así como el listado de sus honorarios en los términos correspondientes al capítulo respectivo de la Ley de materia”.
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