miércoles, 11 de abril de 2012

Presenta Presidente del Congreso Ley que regule el funcionamiento y operación de recicladoras

El Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, David Lozano Pérez, presentó una Iniciativa de Ley con la que se busca regular el funcionamiento y operación de las empresas recicladoras y centros de acopio de materiales metálicos en el Estado. 
 
En la iniciativa expuesta en tribuna durante la reciente sesión ordinaria, el Diputado David Jorge Lozano Pérez,
señaló que con esto se busca coadyuvar con las autoridades en la solución de un problema tan complejo como lo es el robo de vehículos, su desmantelamiento, la venta de sus partes y el robo de materiales como el cobre, aluminio, acero, bronce y demás metales.

Hizo notar que gran parte de la venta de estos materiales se derivan de actos delictivos, razón por la cual su incidencia va en aumento en Baja California y afecta al patrimonio tanto de particulares como de Instituciones de gobierno, las que sufren pérdidas considerables a manos de grupos delictivos dedicados a esas actividades, con la omisión correspondiente de negociaciones como los llamados “yonkes”, recicladoras y centros de acopio de materiales metálicos, algunos de los cuales operan sin ninguna reglamentación o supervisión y se dedican a la compra y venta de objetos robados.

Lozano Pérez dijo que la falta de un marco normativo obstaculiza las averiguaciones previas y, por ende, el esclarecimiento de las denuncias presentadas por esos actos.

La Ley propuesta se compone de 29 artículos y 4 transitorios y establece que la Secretaría General de Gobierno será la encargada de otorgar, conforme a las disposiciones de esta ley, autorizaciones o revalidaciones para el establecimiento de Yonkes, Recicladoras y Centros de acopio de materiales metálicos en el Estado.
También tendrá a su cargo el establecimiento y el “Registro Estatal de Yonkes, Recicladoras y Centros de acopio de materiales metálicos en el Estado”, así como la obligación de mantenerlo actualizado en forma permanente y verificar e inspeccionar este tipo de negociaciones e imponer las sanciones que correspondan, entre otras funciones.

Por su parte, a los Ayuntamientos, les corresponderá participar en la integración del Registro Estatal de Yonkes, Recicladoras y Centros de acopio de materiales metálicos en el Estado; Recibir, previo convenio con la Secretaría, las solicitudes de inscripción en el Registro por parte de aquellos establecimientos que, de conformidad con las disposiciones de esta Ley, se encuentran obligados a realizar dicha inscripción, y remitirlas a la Secretaría en un plazo no mayor a tres días hábiles contados a partir del día de su recepción.

Los ayuntamientos también deberán dar aviso a la brevedad posible a las autoridades competentes en materia de ecología, desarrollo urbano, uso de suelo y ordenamiento territorial, salud, persecución de delitos, protección civil, seguridad pública y demás, cuando en ejercicio de sus atribuciones conozcan de hechos o conductas que puedan contravenir lo dispuesto en las demás disposiciones legales que con motivo del funcionamiento de estos centros de acopio de materiales metálicos sean aplicables.

La Iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia para su análisis y posterior dictaminación.

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