Rosarito Informa.-El Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California, hace una atenta invitación a los y las ciudadanos residentes en el Estado interesados en postularse como Aspirante a Candidato Independiente de Munícipes por el Principio de Mayoría Relativa para que acudan a inscribirse ante este Instituto.
Los ciudadanos interesados deberán presentar solicitud de registro como Aspirante a Candidato Independiente para Munícipe por el Principio de Mayoría Relativa en las instalaciones del Instituto Estatal Electoral, ubicadas en calzada Justo Sierra No. 1002-B, en el Fraccionamiento Los Pinos, C.P. 21230, en Mexicali, utilizando el formato manifestación de intención, aprobado por el Consejo General y la documentación respectiva hasta el 16 de enero de 2016.
Dentro de los requisitos destacan: Para la elección de Ayuntamientos, para ser Munícipe, debe tener 25 años cumplidos el día de la elección, se requiere: Ser ciudadano mexicano por nacimiento, hijo de madre o padre mexicanos. Aquellos, cuyo nacimiento haya ocurrido en el extranjero, deberán acreditar su nacionalidad mexicana invariablemente, con certificado que expida en su caso, la Secretaría de Relaciones Exteriores, conforme a la Ley de Nacionalidad vigente a la fecha de la expedición del certificado; 2. Tener vecindad en el Municipio con residencia efectiva, de por lo menos diez años inmediatos anteriores al día de la elección. La vecindad no se interrumpe cuando en el ejercicio de un cargo público, de un cargo de dirección nacional de Partido Político, por motivo de estudios, o por causas ajenas a su voluntad, se tenga que residir fuera del Municipio. 3. No ser ministro de cualquier culto religioso, a menos que se separe en los términos que establece la Ley de la materia. 4. No tener empleo, cargo o comisión en el Gobierno federal, estatal o municipal, en los organismos descentralizados municipales o estatales, e instituciones educativas; salvo que se separen, en forma provisional, noventa días antes del día de la elección. 5. No podrán ser electos miembros de un Ayuntamiento: a) El Gobernador del Estado sea provisional, interino, substituto o encargado del despacho, aún cuando se separe de su cargo. b) Los Magistrados y Jueces del Tribunal Superior de Justicia, el Secretario General de Gobierno del Estado, el Procurador General de Justicia y los Secretarios del Poder Ejecutivo, salvo que se separen de sus cargos, en forma definitiva, noventa días antes del día de la elección. c) Los Diputados Locales, los Diputados y Senadores del Congreso de la Unión, salvo que se separen de sus cargos, en forma provisional, noventa días antes del día de la elección; d) Los Militares en servicio activo y los titulares de los cuerpos policíacos, salvo que se separen de sus cargos, en forma provisional, noventa días antes del día de la elección.
Las solicitudes se recibirán de lunes a viernes de 8 AM a 3 PM y el día del cierre de la convocatoria sábado16 de enero de 2016, de 10 de la mañana a 12 de la noche.
Concluido el plazo para presentar la manifestación de intención, la Secretaria Ejecutiva del Consejo General Electoral del IEEBC, publicará en los estrados de este consejo cédula en la que se hará del conocimiento los ciudadanos que adquirieron la calidad de Aspirantes a Candidatos Independientes.
Toda la información de la convocatoria así como los formatos se podrán descargar del sitio oficial del Instituto Estatal Electoral de Baja California www.ieebc.com
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