jueves, 8 de septiembre de 2016

Instituto electoral celebró la cuadragésima séptima sesión extraordinaria del consejo general

 Rosarito Informa.-Este día el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC), aprobó el método en que habrán de destruirse la documentación electoral utilizado en los procesos electorales 2013 y del material electoral de 2010 y 2013; asimismo desechó la denuncia presentada por integrantes del Partido Peninsular de las Californias (PPC) en contra del  Coalición integrada por los Partidos políticos Revolucionario Institucional, del Trabajo, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, por improcedente.


Durante la Sesión la Consejera Electoral y Presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias, Lorenza Gabriela Soberanes Eguía, presentó la Resolución Número cinco relativo a la“Resolución en el procedimiento sancionador ordinario con la clave de expediente IEEBC/UTCE/PSO/05/2016”, donde explicó que en el caso concreto, la fórmula de candidatos del PPC denunciaron que el nombre de Alejandro Arregui Ibarra aún aparecía en el portal de transparencia de INFONAVIT como “trabajador activo”, por lo que suponen que su nombramiento como Delegado Regional en Baja California aún continuaba vigente, lo cual consideraron una violación a la fracción VI del artículo 18 de la Constitución Local, al no separarse del cargo público que ostentaba 90 días antes de la jornada electoral.


Sin embargo, de las constancias que obran en el expediente existe un informe rendido por la Gerente Jurídico en la Delegación Regional XV Baja California del INFONAVIT, quien indicó que Alejandro Arregui Ibarra había renunciado al cargo que ostentaba en ese Instituto desde el pasado 03 de marzo, adjuntando para tal efecto copias certificadas del reporte de baja administrativa y la carta de renuncia voluntaria correspondiente.

Con el anterior, se advierte que el ahora Diputado Electo se separó del cargo público 93 días antes de la celebración de la jornada electoral en Baja California, cumpliendo con los requisitos de elegibilidad previstos en la Ley; en consecuencia, la denuncia no constituye una violación en materia electoral susceptible de ser sancionada por el IEEBC.

Por su parte la Consejera Electoral y Presidenta de la Comisión de Procesos Electorales, Helga Iliana Casanova López, presentó el Proyecto de Dictamen Número Once relativo a la “Fecha y modo en que habrán de destruirse la documentación electoral utilizada en el proceso electoral de 2013 y del material electoral utilizado en los procesos electorales de 2010 y 2013”, quien agregó que se designó a la empresa “Archivo Seguro” para llevarlo a cabo.


Dijo que el Artículo 387, segundo párrafo, de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Baja California establece que el Consejo General está facultado para acordar la fecha y modo en que habrá de ser destruida la documentación electoral, en este caso: acta de la jornada electoral; acta final de escrutinio y cómputo; los escritos de protesta que se hubieren recibido, boletas sobrantes inutilizadas, lista nominal con fotografía.

En cuanto al material electoral utilizado en los procesos electorales de 2010 y 2013 a destruirse es: urnas, mesas para urnas, mamparas, caja paquete electoral, lonas indicativas y marcadora de credencial.

En el caso del los paquetes electorales de las secciones correspondientes al distrito XVI  distrito electoral de 2013, se llevaran a cabo hasta en tanto se informe por parte de la Procuraduría General de Justicia de Baja California la conclusión de aseguramiento provisional ordenado en la averiguación previa 26/2014/204/AP.

Por último comentó que será responsabilidad de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral realizar los trabajos de verificación y separación de esta documentación y material electoral en los almacenes del Instituto Estatal.

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