Derecho de réplica
Por: Javy Malacara
El artículo 6to de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos a la letra dice:
“La manifestación de
las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino
en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de
terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de
réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la
información será garantizado por el Estado.