jueves, 5 de noviembre de 2015

Violan mandos leyes en la dirección de seguridad pública municipal de Playas de Rosarito y del estado.

Por Javy Malacara

En Playas de Rosarito, usaron las instalaciones de la dirección de seguridad pública para grabar un  video musical, donde el cantante “Omar Ruiz” hace un “feat” (dueto) con  el grupo norteño de la localidad “Fuerza de Tijuana”,  haciendo uso no solo de las celdas que se encuentran ubicadas en las instalaciones de la dirección de seguridad pública municipal, tambien utilizaron una patrulla,  armamento y tres policías con uniformes e insignias de la misma corporación.


El video que se encuentra en “YOU TUBE” en la dirección electrónica https://youtu.be/tmwc1yCa3YE,  habla de una narcotraficante que cuenta su historia de cómo se hizo delincuente, cuantas veces piso la cárcel, y como disfruto de las mieles de las cuales gozan los que se dedican al crimen organizado con dinero mal habido, haciendo apología del delito y denigrando a la corporación policiaca del municipio de Playas de Rosarito. 


El primer culpable es el director de la corporación Joaquín Olea, quien no debió permitir la grabación de ese video, ya que debería de conocer el marco legal que lo rige,  el segundo culpable es el subdirector operativo, el comandante  Roberto Casas, ya que el lazo consanguíneo con el cantante y  aparte de hacer su aparición  en el video, tambien viola la ley.

Según la “Ley de Seguridad Pública del Estado de Baja California” Publicada en el Periódico Oficial No. 38, Tomo CXVI, de fecha 21 de Agosto de 2009, en el titulo decimo de la comisión, en el artículo 107, a la letra dice:

ARTÍCULO 107.- El Estado y los Municipios establecerán instancias colegiadas
para conocer y resolver toda controversia que se suscite con relación a los procedimientos
de la Carrera Policial y el Régimen Disciplinario de los Miembros de las Instituciones
Policiales.


Este artículo nos die que en el municipio hay un cuerpo colegiado que deberá de tomar decisiones si un miembro de cualquier corporación policiaca del estado,  cometen una procedimiento de indisciplina deberá de resolver después de conocer que se hace con quien comete la insolencia.

Con hacer uso de las instalaciones, armamento, patrullas, uniformes con insignias y horas hombre, o dos o tres policías activos de la dirección de seguridad pública de Rosarito, en este video, solo denigraron la corporación.

En la misma ley nos dice que se tienen que tomar medidas tanto en la comisión que tiene el municipio, como la que existe en el gobierno del estado, en el capítulo segundo
de las obligaciones, en su artículo 133 en su apartado VII dice:

VII. Abstenerse de realizar conductas que desacrediten su persona o la imagen de
las Instituciones, dentro o fuera del servicio

Así tambien tienen las condecoraciones cuando el Miembro se distinga en la prestación de servicios en favor de la comunidad, que mejoren la imagen de la institución policial. Como lo reza el artículo 122,  en su apartado III,  donde habla de la condecoración al Mérito Social, el cual este no es el caso.

En el reglamento de la dirección de seguridad pública del municipio de Playas de Rosarito, en su capítulo V,  en el artículo 14, habla de lo que queda estrictamente prohibido al personal operativo de la dirección de seguridad pública, en su apartado III dice:

III.-Utilizar los vehículos de servicio para uso personal o asuntos ajenos a las labores del servicio;
Entonces violaron la ley al utilizar la patrulla para el video , en el apartado IV dice:

IV. disponer o permitir que otro elemento o persona ajena a la corporación utilice el vestuario, equipo, placa, gafete, o cualquier implemento del uniforme propio

Entonces tambien violaron la ley al exponer a dos miembros de la corporación, ya que salen dos policías activos en el video, Y en su apartado V dice:

V.Hacer uso del uniforme, arma, equipo motor y radio para para fin distinto al que se tiene encomendad.

Entonces una vez más cocomete otra irregularidad,  Y en el apartado XXIV dice:

XXIV. Abstenerse de incurrir en cualquier conducta que dañe o denigre la imagen, prestigio y honorabilidad de la dirección de seguridad pública municipal.

En el video musical, reflejan ambos mandos que no les importo el marco legal que los rige. Y el XXV dice:
XXV. en general violar las leyes, reglamentos, y demás disposiciones legales aplicables en el cumplimiento de su servicio o fuera de él.

Y el XXVI dice: 

XXVI. el elemento operativo que contravenga estas disposiciones será acreedor a la sanción administrativa o penal que en su caso corresponda.

Aquí solo basta esperar el choque de intereses, ya que quien preside la comisión que castiga a los elementos policiacos es el mismo director Joaquín Olea, pero ¿qué va a pasar con los regidores? ¿Seguirán siendo tibios con el director de la policía? ¿le permitirán que viole la ley a su gusto? veremos como actúa el sindico procurador Tomas de la Rosa Martinez




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