Rosarito Informa.-El diputado Jesús Antonio Lepe Flores sugirió reformar los
artículos 27 y 55 de la Constitución Política de Baja California, con el
propósito de cambiar la estructura y organización del Tribunal de lo
Contencioso Administrativo, a fin de responder a la necesidad de armonizar su
regulación con el nuevo paradigma constitucional que se estableció en México a
partir de la reforma de junio de 2011 en materia de derechos humanos y con los
criterios contenidos en una declaratoria de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación.
“Bajo este nuevo paradigma todos los juzgadores mexicanos
tienen el deber de hacer control de la constitucionalidad y de la
convencionalidad de las leyes y de los actos de autoridad, aplicando en su
interpretación del derecho el principio pro persona. En este contexto es
necesario fortalecer a los órganos de impartición de justicia para que estén en
aptitud de cumplir cabalmente dicho desiderátum. Consecuentemente, se propone
una reforma que implique un replanteamiento necesario para satisfacer los
estándares actuales de impartición de justicia”, dilucidó el legislador.
En su propuesta, Lepe Flores plantea modificar la
denominación de los Magistrados. Dio a conocer que actualmente a los de Pleno
se les llama "Numerarios" y a los titulares de las Salas
"Supernumerarios".
Explicó que esta última denominación suele utilizarse para
los suplentes en otros tribunales, práctica lingüística que genera confusión en
relación con los Magistrados del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, y
por lo cual recomienda que los titulares de las Salas sean denominados
“Magistrados de Sala” ─precisando que éstas son unitarias─ y a los juzgadores
de última instancia “Magistrados de Pleno”.
Por otro lado, el diputado Antonio Lepe informó que
actualmente el artículo 55 de la Carta Magna estatal, en su tercer párrafo,
establece que el Tribunal estará integrado por tres Magistrados Numerarios y
dos Supernumerarios, por lo cual sugiere que el texto constitucional, en vez de
referirse al número de Magistrados integrantes del Tribunal como actualmente
hace, establezca que el Tribunal ejercerá su jurisdicción en Pleno y en Salas.
En referencia a lo anterior, argumentó que “la actual
regulación constitucional del Tribunal es un impedimento para el desarrollo y
la eficacia de éste. Al limitar la integración del Tribunal a tres Magistrados
Numerarios y dos Supernumerarios, se obstruye su crecimiento. Solo podrán crearse
más Salas o ampliar el número de juzgadores en el Pleno mediante reforma
constitucional”.
Por último, refirió que a efecto de adecuar la denominación
de este órgano jurisdiccional al actual texto del artículo 116, fracción V, de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, propone se le
denomine al actual Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Baja
California, Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Baja California.
Cabe mencionar que en el transitorio séptimo de esta
iniciativa, se inscribe que “los servidores públicos del Tribunal de Justicia
Administrativa del Estado no serán afectados en sus derechos laborales con
motivo de la entrada en vigor de este Decreto y de las leyes que en
consecuencia se emitan”.
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