Rosarito Informa.-El presidente de la Junta de Coordinación Política del
Congreso del Estado, diputado David Ruvalcaba Flores presentó una iniciativa de
reforma al Código Civil local, a fin de modificar la figura del patrimonio de
la familia.
La reforma tiene como propósito que no sea la primera
autoridad municipal la que determine conceder el arrendamiento o aparcería como
se encuentra actualmente, sino por una autoridad judicial que debe ser la
competente para constituir el patrimonio de la familia, y para realizar las
modificaciones a los mismos, ya que por su naturaleza deben tomarse en cuenta
medidas de protección.
De la misma manera, el legislador propuso ampliar a dos años
el tiempo de arrendamiento o aparcería, los bienes integrantes del patrimonio
con la finalidad de apoyar el ingreso familiar.
Mencionó Ruvalcaba Flores que el patrimonio de familia es
una figura jurídica de interés público, creada para garantizar la subsistencia
y el desarrollo de los miembros del núcleo familiar, cuyo origen se encuentra
contemplado en la Carta Magna, en donde se establece que sea constituido
conforme a lo señalado en las leyes locales, además de que será inalienable,
imprescriptible e inembargable, siendo trasmisibles a título de herencia con
las formalidades establecidas en los juicios sucesorios.
En el Código Civil local, se establece que son objeto del
patrimonio de la familia: la casa habitación de la familia; el terreno a su
alrededor; los muebles y útiles de uso ordinario de la familia no siendo de
lujo, a juicio del juez y en algunos
casos, una parcela cultivable, entre otros.
Por estos motivos, Ruvalcaba Flores propuso que el artículo
732, quede como sigue: Constituido el patrimonio de la familia, ésta tiene
obligación de habitar la casa y de cultivar la parcela. El Juez del lugar en
que esté constituido el patrimonio puede por justa causa, autorizar para que se
dé en arrendamiento o aparcería, hasta por dos años.
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